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El Gobierno de Javier Milei aumentó una alícuota de la factura de gas para financiar subsidios a usuarios de zonas frías

Lo dispuso mediante una resolución firmada por Luis Caputo que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. De cuánto será el incremento.

El Gobierno de Javier Milei subió el cargo en la factura de gas para financiar el régimen de Zona Fría, incremento que se verá trasladado a los costos que pagan los usuarios residenciales y las empresas por el servicio.

Así lo estableció mediante la Resolución 1253/2025, firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo, que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

 

De cuánto será el nuevo aumento en la factura de gas

De acuerdo a lo informado en el texto oficial, se elevó de 6,6% a 6,8% la alícuota del impuesto que pesa sobre la factura de gas para financiar el subsidio que se otorga a zonas frías. El recargo se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro cúbico 9300 kilocalorías que ingrese al sistema de ductos en el territorio nacional e incluye los volúmenes involucrados en el autoconsumo.

La resolución precisa que el recargo deberá ser trasladado a las facturas por consumos finales de los usuarios de los servicios que se encuentren afectados. En tanto, las empresas distribuidoras o subdistribuidoras de gas natural no registrarán ganancias ni pérdidas derivadas de su aplicación.

De igual forma, las comercializadoras deberán aplicar y trasladar el recargo, en su exacta incidencia, sobre el precio del gas natural adquirido en el PIST.

Al justificar la medida, el Gobierno advirtió sobre la mayor necesidad de fondos para financiar el régimen de compensaciones del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas.

 

La resolución también se enmarca en la emergencia del Sector Energético Nacional y un proceso de reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía, donde el Estado Nacional ha indicado su imposibilidad de continuar con aportes que funcionaban como un subsidio generalizado a toda la demanda, según se señaló en los considerandos.

Las disposiciones de esta resolución serán aplicables a los consumos realizados a partir del día en que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) publique en el Boletín Oficial los procedimientos especiales para la facturación de este recargo.

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