El Gobierno de Javier Milei cambió el régimen de cancelación de compras online: ¿Qué pasará con el "botón de arrepentimiento"?
El Ministerio de Economía decidió cambiar las normas que regulan el derecho de arrepentimiento y la baja de servicios contratados a distancia para “reforzar la protección al consumidor digital con modificaciones en la normativa vigentes”.
La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente del Ministerio de Economía, dispuso que los proveedores deben implementar un "Botón de Arrepentimiento" y un "Botón de Baja de Servicio" en sus plataformas digitales o sitios web. De este modo, se busca facilitar a los consumidores la revocación de compras y la cancelación de servicios contratados a distancia.
La medida quedó establecida a través de la Disposición 954/2025, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. “Los proveedores que comercialicen bienes y servicios a distancia, a través de páginas web o formato similar, deberán tener a simple vista, en un lugar destacado y en el primer acceso, un link denominado ‘Botón de arrepentimiento’, mediante el cual el consumidor pueda solicitar la revocación de la aceptación del producto adquirido o del servicio contratado”, indica el artículo 1 del documento.
En tanto, destacaron que “Cuando se trate de la adquisición de entradas para espectáculos, eventos deportivos o artísticos, el plazo de 10 días corridos para ejercer el derecho de arrepentimiento se contará desde la fecha en que le sean entregadas al consumidor las entradas o su correspondiente comprobante de pago, lo que primero ocurra, con independencia de la fecha”.
En esa línea, señalaron que el consumidor tendrá que realizar la notificación al proveedor con un mínimo de 24 horas de antelación al evento. Algo similar deberá suceder para las contrataciones efectuadas con fines turísticos con fecha determinada como locaciones hoteleras o de inmuebles, alquiler de autos, contratación de excursiones, entre otras.
En tanto, la opción del “botón de arrepentimiento” no funcionará cuando el consumidor haya utilizado el producto o servicio y pretenda ejercer el derecho con posterioridad; cuando se trate de fines de reventa o procesos de producción, transformación, comercialización o prestación a terceros; o cuando se trate de la adquisición de productos perecederos.
Por su parte, en la normativa destacaron que se implementará un “Botón para baja de servicios”, el cual debe ser mostrado por los proveedores a simple vista y mediante el cual el consumidor pueda solicitar la baja del servicio contratado. “Al momento de hacer uso, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite adicional”, especificaron.
Y recalcaron: "A partir de la solicitud de revocación de la aceptación o de la solicitud de baja del servicio, dentro de las 24 horas subsiguientes y por el mismo medio, el proveedor deberá informar al consumidor el código de identificación o registración de la petición efectuada y arbitrar los medios y adoptar las medidas necesarias, para efectivizar la revocación o baja solicitada".
Asimismo, en el documento detallaron que: "Las empresas proveedoras de bienes y servicios que brinden atención telefónica o por cualquier medio informático a los usuarios, deberán establecer un horario de atención de consultas o reclamos que no puede ser inferior a los días y horarios en que operen comercialmente. Cuando los proveedores brinden el servicio de atención a los usuarios en forma exclusivamente telefónica o electrónica, el horario de atención no podrá ser inferior a ocho horas por día, en días hábiles, de lunes a viernes. Los proveedores deberán informar en sus páginas web el número telefónico, canal alternativo de comunicación o sitio electrónico".
Por último, las empresas proveedoras de servicios o dedicadas a la venta online de bienes tendrán un plazo de 60 días para adecuar sus plataformas. Con esta medida, se pretende reforzar la protección de los consumidores en el comercio digital, simplificar los procedimientos de baja y arrepentimiento, y garantizar la transparencia y agilidad en la relación entre empresas y usuarios.

