FALLO

Una pareja va a recibir una suculenta indemnizaci贸n por una ins贸lita situaci贸n que pasa en el edificio donde viven

El particular episodio tuvo lugar en la ciudad espa帽ola de C谩diz, donde una pareja cansada de soportar ciertas situaciones, decidi贸 llevar el caso a la justicia y terminaron gan谩ndolo.

En un fallo al menos inusual, el Juzgado de Primera Instancia n煤mero 3 de la ciudad espa帽ola de C谩diz conden贸 a una comunidad de propietarios de un edificio del barrio local de Astilleros a indemnizar a una pareja con 1.500 euros (unos 202.500 pesos) por da帽os morales, debido al ruido que produce el ascensor en el 谩tico en el que vive y que les produjo聽muchas molestias desde hace tres a帽os.

Asimismo, la sentencia tambi茅n obliga a la comunidad a reparar el ascensor hasta la eliminaci贸n de ruidos excesivos y abonar la factura del perito que fue contratado por la pareja para comprobar los ruidos que ocasionaba esta plataforma. En total, la factura asciende a 471,90 euros.

Seg煤n ese informe pericial, se reflejaba que el motor del ascensor se encuentra en la octava planta del edificio, colindando con la pared de la vivienda de la pareja afectada. En este sentido, los ensayos ac煤sticos realizados con son贸metro y calibrador desprendieron que en el dormitorio principal de estas dos personas, hab铆a "unos valores notablemente superiores a los permitidos en la normativa auton贸mica aplicable".

La conclusi贸n fue que "los niveles ac煤sticos evaluados no eran aptos", ya que en la fase de ascenso se alcanzaba un nivel de 50 decibelios y en descenso 46, cuando el l铆mite normativo est谩 en 40 y 30 respectivamente en horario nocturno. Este problema, seg煤n se advierte en la sentencia, lo vienen sufriendo desde hace tres a帽os.

Sentencia judicial

En la vista, la comunidad de propietarios no negaba la existencia de los problemas y lleg贸 a decir que en septiembre de 2021, se aprob贸 la ejecuci贸n inmediata de las obras de modernizaci贸n del ascensor y el abono a la parte demandante del importe de los honorarios del perito. Sin embargo, dec铆a que no se hab铆a iniciado las obras por las trabas y retrasos achacables a la empresa instaladora del ascensor.

El juez estima que para la pareja, que estuvo defendida por el letrado Ram贸n Hern谩ndez, del bufete Germ谩n Bernal Abogados,聽"soportar este ruido durante tanto tiempo en la vivienda en la que se desarrollan los distintos momentos de la vida diaria y, en concreto, en los momentos de sue帽o supone un da帽o personal, general, sobre el actuar diario. Incontestable y absolutamente indudable".

Es por ello, que le aplican una sentencia del Tribunal Supremo por la que se explica que no hace falta la demostraci贸n del da帽o moral causado: "el sufrimiento f铆sico y espiritual debe originar tambi茅n una reparaci贸n que proporcione en la medida de lo posible una satisfacci贸n compensatoria al da帽o causado".

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