AFIP retendr谩 IVA y Ganancias a las compras con billeteras electr贸nicas

La聽Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos busca聽equiparar las transacciones聽realizadas con tarjetas de d茅bito y cr茅dito.

Buscando equiparar las compras realizadas con tarjetas de d茅bito y cr茅dito, la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) confirm贸聽un r茅gimen de retenci贸n de IVA y Ganancias a las operaciones efectuadas con billeteras electr贸nicas.

Esta decisi贸n se tom贸 a partir de las Resoluciones Generales 4621 y 4622, publicadas聽en el Bolet铆n Oficial. Seg煤n explic贸 el organismo, los porcentajes que se deber谩n retener depender谩n del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electr贸nica, es decir, con tarjeta de d茅bito o de cr茅dito.

Esos porcentajes ser谩n similares a las establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de d茅bito y 1 % para tarjetas de cr茅dito, en la mayor铆a de los casos.

De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electr贸nicas realizar谩n la misma retenci贸n m谩s all谩 del canal de cobro utilizado.

Quedar谩n exentas de esta medida las Micro Empresas registradas como tales ante la Secretar铆a de Emprendedores y de la Peque帽a y Mediana Empresa y las "Potenciales Micro Empresas" en los t茅rminos de la Resoluci贸n General 4.568 y su modificatoria, aclar贸 el organismo. Y a帽adi贸 que la modificaci贸n se aplicar谩 a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre pr贸ximo.

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