Anulan condena a Fari帽a por evasi贸n y ordenan acumular la causa a la del lavado

Esta decisi贸n fue de la c谩mara Federal de Casaci贸n Penal que anul贸 el juicio contra el asesor financiero y orden贸 acumular ese caso con la causa conocida como "la ruta del dinero".

La c谩mara Federal de Casaci贸n Penal anul贸 este viernes聽el juicio y la condena contra el asesor financiero Leonardo Fari帽a por evasi贸n impositiva y orden贸 acumular ese caso con la causa conocida como "la ruta del dinero", donde ya se est谩n debatiendo en juicio oral las supuestas operaciones de lavado de activos que tienen como protagonista al empresario detenido L谩zaro B谩ez, seg煤n fuentes judiciales.

Los jueces de la sala III del m谩ximo tribunal penal del pa铆s dispusieron la anulaci贸n del debate y la condena a 4 a帽os de prisi贸n dictada por el Tribunal Oral Penal Econ贸mico 1, que encontr贸 a Fari帽a responsable del delito de evasi贸n impositiva vinculado a la compra de un campo en Mendoza en 2010.

Para los jueces de Casaci贸n, ese juicio no debi贸 haberse llevado a cabo porque los hechos all铆 investigados guardaban relaci贸n con los que estaban bajo investigaci贸n del juez federal Sebasti谩n Casanello, donde Fari帽a estaba acusado de participar de las maniobras de lavado de dinero por las que se encuentra ahora sometido a juicio oral y p煤blico ante el Tribunal Oral Federal 4.

"Deber铆a haberse acumulado la causa donde se investig贸 el delito de evasi贸n de impuesto (IVA e Impuesto a las gananacias) de Fari帽a a la causa donde se le imput贸 el lavado de activos de origen il铆cito vinculados con L谩zaro B谩ez, ya que ambas calificaciones jur铆dicas se sustentaron en un mismo acontecimiento hist贸rico", indicaron fuentes de la Casaci贸n.

El mismo hecho en el que se sustentaron las dos calificaciones es la adquisici贸n, en comisi贸n (de un comitente oculto), de campos en la provincia de Mendoza por el valor de 5.000.000 de d贸lares: Fari帽a fue acusado de evadir el pago de impuestos por m谩s de 10 millones de pesos en relaci贸n a esa compra que habr铆a hecho con dinero B谩ez.

La decisi贸n de anular el juicio oral y la resoluci贸n recurrida, y remitir las actuaciones al Tribunal Oral Federal 4 fue adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Liliana Catucci y Eduardo Riggi.

"La decisi贸n de llevar a cabo el juicio oral y dictar la sentencia de condena en estas actuaciones, estrechamente vinculadas con otra causa iniciada con anterioridad, donde se investigaban maniobras de mayor complejidad y envergadura, bajo una calificaci贸n legal m谩s grave e incompatible con la aqu铆 investigada, vulner贸 el debido proceso legal", expres贸 Mahiques.

En ese sentido, agreg贸 que "afect贸 la buena administraci贸n de justicia y el principio de investigaci贸n integral, condujo ciertamente a la posibilidad de que recaigan sentencias contradictorias y puso en serio peligro de afectaci贸n al principio del ne bis in 铆dem (doble juzgamiento)".

"Notamos que de avalarse aisladamente la imputaci贸n construida aqu铆 como una evasi贸n impositiva, importar铆a cerrar la posibilidad de que el mismo hecho se siga investigando en su total alcance en la causa m谩s grande, grave y compleja como lavado de dinero; y ello es as铆, porque justamente se trata de un mismo suceso, m谩s all谩 de la calificaci贸n legal se le asigne", completaron Riggi y Catucci.

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