Di贸xido de cloro: 45 sociedades cient铆ficas repudiaron el fallo judicial que orden贸 suministrarlo

La Sociedad Argentina de Terapia Intensiva聽se帽al贸 que "la justicia no debe obligar a los m茅dicos a indicar un producto o una medicaci贸n que no tiene el respaldo cient铆fico y que no est谩 autorizada por los entes de regulaci贸n nacionales e internacionales, ni respaldada por las sociedades cient铆ficas nacionales e internacionales".

Cuarenta y cinco sociedades cient铆ficas repudiaron el fallo que orden贸 al Sanatorio Otamendi a tratar con di贸xido de cloro a un paciente en estado cr铆tico con coronavirus, que finalmente falleci贸 el lunes, al tiempo que avalaron el accionar del establecimiento m茅dico y recordaron que se trata de un tratamiento no autorizado por la Anmat.

La Sociedad Argentina de Terapia Intensiva (SATI) emiti贸 un comunicado para expresar 鈥渟u total respaldo a los colegas m茅dicos del Sanatorio Otamendi鈥 en su negativa a suministrar a un paciente di贸xido de cloro, 鈥que no tiene ninguna evidencia cient铆fica para ser utilizado como droga de tratamiento", y nebulizaci贸n con ibuprofeno, 鈥渜ue tampoco, hasta la actualidad, tiene trabajos cient铆ficos que avalen su indicaci贸n en esta forma鈥.

鈥淭ambi茅n queremos expresar nuestro repudio a la orden judicial dictada para que un profesional indique y administre ambas pr谩cticas, en contra de su conocimiento cient铆fico y juicio m茅dico鈥, agreg贸.

En el texto, la SATI se帽al贸 que "la justicia no debe obligar a los m茅dicos a indicar un producto o una medicaci贸n que no tiene el respaldo cient铆fico y que no est谩 autorizada por los entes de regulaci贸n nacionales e internacionales, ni respaldada por las sociedades cient铆ficas nacionales e internacionales鈥.

Adem谩s, pidieron a 鈥渓as autoridades competentes (ministerios de Salud, secretar铆as de Salud, colegios o consejos de m茅dicos, instituciones judiciales)鈥 que arbitren las medidas necesarias para dar 鈥渟eguridad profesional y garant铆a jur铆dica a los profesionales鈥, de modo que 鈥減uedan actuar con la libertad que otorga la medicina basada en la evidencia cient铆fica, y para que se frene la judicializaci贸n de la medicina, sin razones coherentes, como lamentablemente, est谩 sucediendo 煤ltimamente鈥.

鈥淯na de las bases de la pr谩ctica m茅dica es no hacer da帽o al paciente. Claramente, con esta decisi贸n judicial se est谩 obligando a los profesionales del Sanatorio Otamendi a violar este precepto y poner en riesgo la salud del paciente鈥, concluyeron.

Por su parte, la Sociedad Argentina de Medicina (SAM) se manifest贸 en respaldo a 鈥渓os comunicados de Anmat y de la OPS respecto a no recomendar tomar productos que contengan di贸xido de cloro, clorito de sodio, hipoclorito de sodio o derivados en pacientes con sospecha o diagn贸stico de Covid 19 ni en ning煤n otro caso鈥, dado que 鈥渘o hay evidencia鈥 de su efectividad como tratamiento 鈥測 la ingesta o inhalaci贸n de estos productos podr铆a ocasionar graves efectos adversos鈥.

En tanto, la Asociaci贸n Toxicol贸gica Argentina (ATA) reiter贸 su recomendaci贸n de 鈥渘o utilizar productos a base de di贸xido de cloro鈥 ya sea en pacientes con sospecha o diagn贸stico de Covid-19 como en cualquier otra enfermedad, 鈥渁tento a no existir evidencias sobre su eficacia y porque estos productos pueden ocasionar graves efectos adversos sobre la salud de las personas que se pueden ver expuestas a estas sustancias qu铆micas, tras la b煤squeda desesperada de una cura milagrosa鈥.

鈥淧ara la Asociaci贸n Toxicol贸gica Argentina la seguridad de las personas es el objetivo principal que debe acompa帽ar a cualquier decisi贸n o intervenci贸n en salud鈥, dijeron.

Por 煤ltimo, 45 sociedades cient铆ficas reunidas en el "Foro de Sociedades Cient铆ficas Argentinas, de Organizaciones de la Sociedad Civil y Universidades", emitieron un comunicado conjunto para expresar 鈥渟uma preocupaci贸n鈥 por 鈥渓a injerencia del poder judicial en un tema m茅dico-cient铆fico con implicancia en la salud p煤blica鈥, y para 鈥渞epudiar el accionar de aquellos profesionales de la salud que alientan estas medidas y no miden el da帽o de sus actos鈥.

Aclararon que si bien es atendible "la desesperaci贸n de los pacientes y sus familias ante la presencia de una enfermedad鈥 as铆 como 鈥渆l principio de 鈥榓utonom铆a鈥 de los pacientes鈥, a ellos se oponen 鈥渙tros principios como el de 鈥榖eneficencia鈥 (en este caso ausente) pero fundamentalmente el de 鈥榥o maleficencia鈥".

驴Qu茅 entes firmaron el documento?

Adem谩s de ATA, SAM y SATI, entre las asociaciones firmantes se encuentran la Sociedad Argentina de Infectolog铆a (SADI), la Fundaci贸n Hu茅sped, la Sociedad Argentina de Virolog铆a (SAV) y la Sociedad Argentina de Vacunolog铆a y Epidemiolog铆a (SAVE).

El 7 de enero un fallo del juez federal Javier Pico Terrero admiti贸 como v谩lida la medida cautelar presentada contra el sanatorio Otamendi y Miroli con la que se define que se "administre el uso del ibuprofenato de sodio, a trav茅s de nebulizaciones y de di贸xido de cloro mediante v铆a intravenosa" a un paciente en grave estado de salud por coronavirus que "no hab铆a respondido a los tratamientos convencionales con ox铆geno", y que finalmente falleci贸 el lunes.

El abogado de los familiares del fallecido, Mart铆n Sarubbi, anunci贸聽que demandar谩 al centro asistencial por los presuntos delitos de homicidio culposo y desobediencia, y se帽al贸 que el tratamiento con di贸xido de cloro fue aplicado por el m茅dico neurocirujano Dante Converti.

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