Jubilados: el consultorio de Cr贸nica

El doctor Fernando Rampazzo responde a las preguntas de los adultos mayores. Mand谩聽tus consultas a jubilados@cronica.com.ar.

1) 驴C贸mo asigno un apoderado para el cobro de mi jubilaci贸n?

Podr谩s asignar un familiar, conviviente, c贸nyuge, o quien usted considere de confianza, como apoderado en ANSeS para que pueda ir a percibir su beneficio. Quien asigne como apoderado debe ser una persona mayor de 18 a帽os. Hoy se puede realizar el tr谩mite por atenci贸n virtual. https://www.anses.gob.ar/informacion/atencion-virtual

2)聽 驴La fe de vida聽se encuentra suspendida?

Los jubilados y pensionados ya no tendr谩n que realizar la Supervivencia o Fe de vida. Esta verificaci贸n es responsabilidad de las entidades bancarias y la continuar谩n realizando sin la necesidad de que los titulares tengan que concurrir a las sucursales o centros de pago a realizar ning煤n tr谩mite.

3)聽El aumento otorgado en septiembre de 2020 驴de cu谩nto es?

Las jubilaciones, pensiones, la Asignaci贸n Universal por Hijo (AUH) y las Asignaciones Familiares recibir谩n un aumento del 7,5% a partir de septiembre 2020.

4) 驴C贸mo saber si corresponde el reajuste de haberes?

La jubilaci贸n tiene que ser proporcional al haber que percibe un trabajador en actividad. Es probable que usted en la actualidad perciba un haber jubilatorio menor al que le corresponde. Salvo los casos de jubilados que nunca hicieron aportes en relaci贸n de dependencia, el resto de los beneficios deben ser revisados.

5) 驴A partir de cu谩ndo puedo hacer juicio o reclamo de reajuste de haberes? 驴Hay alguna fecha l铆mite el inicio del juicio?

En el momento que se jubila ya puede iniciar el juicio, y no tiene fecha l铆mite para iniciarlo.

6)驴Se va a entregar la tarjeta alimentar para jubilados y pensionados?

A煤n ese plan no ha sido implementado para los beneficiarios de jubilaciones y pensiones.

7) 驴Cu谩l es el porcentaje que me descuentan de obra social en mi beneficio?

Es el descuento del 3% que efect煤a PAMI o la Obra Social que tengas, de la jubilaci贸n m铆nima establecida por ley. Por el monto que supere la jubilaci贸n m铆nima, se descuenta el 6% sobre el excedente (Ley 19.032 Art. 8).

聽8) 驴El impuesto a las ganancias a qu茅 jubilados o pensionados se lo descuentan?

Alcanza a haberes equivalentes a seis jubilaciones m铆nimas y se actualiza de acuerdo a la Ley de Movilidad.

9) 驴Un jubilado puede volver a trabajar, y los aportes pueden ser incorporados para mejorar el haber previsional?

Si te jubilaste y volv茅s a trabajar, podr谩s cobrar tus haberes sin limitaci贸n, con la obligaci贸n de realizar los aportes y contribuciones previsionales del sueldo como activo (11 % en concepto de aportes al Fondo Nacional de Empleo). Esta situaci贸n no te brindar谩 derecho a reajuste, ya que esos aportes no corresponden a tu jubilaci贸n.

10) 驴C贸mo puede saber la fecha de cobro de una jubilaci贸n o pensi贸n?

A trav茅s de la pagina web : https://www.anses.gob.ar/fecha-de-cobro-beneficio, ingresando tu CUIL, podr谩s saber tu fecha de cobro.

Esta nota habla de: