Juez proh铆be cortar el gas por falta de pago
La Justicia Federal de Dolores orden贸 a las prestatarias del servicio p煤blico de todo el pa铆s que se abstengan de realizar cualquier corte o suspensi贸n por mora.
Mientras en el Congreso se discute el proyecto de ley que le pondr铆a un freno al aumento tarifario, el titular del Juzgado Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, orden贸 a las empresas prestatarias del servicio p煤blico de gas de todo el pa铆s suspender los cortes de servicio por falta de pago. Lo hizo este lunes al declarar admisible el proceso colectivo presentado por la Asociaci贸n de Consumidores Argentinos que cuestionaba el 煤ltimo aumento tarifario de gas.
En ese sentido, Padilla argument贸 que "hay ciertos derechos como la accesibilidad a los servicios p煤blicos elementales que deben ser garantizados, como es el caso del servicio de gas natural". Por otro lado, se se帽al贸 la ausencia de audiencias p煤blicas para el establecimiento del 煤ltimo aumento de la tarifa de gas, en lo que hace al llamado punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), uno de los tres componentes con los que se conforma el precio final que pagan los consumidores, junto con el transporte y la distribuci贸n. Sin embargo, durante los a帽os 2016 y 2017 el Ministerio de Energ铆a s铆 hab铆a convocado a audiencia p煤blica por este concepto.
Esta resoluci贸n fue en respuesta a una denuncia de la asociaci贸n Consumidores Argentinos, que promovieron una acci贸n declarativa de inconstitucionalidad contra el Poder Ejecutivo, el ministerio de Energ铆a y Miner铆a y el Enargas. Dicha asociaci贸n pidi贸 que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas por falta de audiencia p煤blica, y la suspensi贸n de la aplicaci贸n del nuevo cuadro tarifario.
El Juzgado resolvi贸 "declarar formalmente admisible la acci贸n colectiva interpuesta, debi茅ndose comunicar al Registro P煤blico de Procesos Colectivos", pero rechaz贸 "el pedido de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.854".