Justicia marplatense indagar谩 al cordob茅s que lleg贸 con papeles "truchos" a ver a su novia
En una primera instancia, la acusaci贸n contra el joven se funda por la infracci贸n al art铆culo 205 del C贸digo Penal, que indica que "ser谩 reprimido con prisi贸n de seis meses a dos a帽os, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducci贸n o propagaci贸n de una epidemia", por haber incumplido las normas nacionales y provinciales que impiden esta conducta.
El juez Federal N掳 3 de Mar del Plata, Santiago Inchausti, indagar谩 el pr贸ximo lunes al cordob茅s de 23 a帽os infectado con coronavirus que viol贸 la cuarentena, con papeles "truchos" para llegar a esa ciudad balnearia del sur bonaerense y poder ver a la novia.
La citaci贸n ser谩 a las 11.30聽y voceros judiciales anticiparon que el amigo que le ayud贸 a falsear su documentaci贸n, y la persona que le alquil贸 el departamento, tambi茅n deber谩n comparecer el lunes 13 de julio.
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Dichas declaraciones se har谩n a trav茅s de medios digitales, como la app Zoom, una de las plataformas que se comenz贸 a implementar durante la cuarentena para evitar el riesgo de contagio de Covid-19.
Las fuentes tambi茅n confirmaron que el juez decidi贸 imponerle un garante conductual al joven, figura prevista en el art铆culo 210, inciso B, del C贸digo Procesal Penal Federal, tal como hab铆a pedido la titular de la Fiscal铆a Federal N潞 1, Laura Mazzaferri, que llev贸 adelante la primera etapa de la investigaci贸n.
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En una primera instancia, la acusaci贸n contra el cordob茅s se funda por la infracci贸n al art铆culo 205 del C贸digo Penal, que indica que "ser谩 reprimido con prisi贸n de seis meses a dos a帽os, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducci贸n o propagaci贸n de una epidemia", por haber violado las normas nacionales y provinciales que impiden esta conducta.
Complicaci贸n judicialAdem谩s, la imputaci贸n tambi茅n incluye los delitos previstos en los art铆culos 296 en funci贸n del 293, 205, 202 o, alternativa y subsidiariamente el art铆culo 203 del C贸digo Penal y el art铆culo 33 ley 17671, entre ellos se encuentra la figura de "propagaci贸n de enfermedad peligrosa y contagiosa", en la causal se contempla la posiblidad de una pena de reclusi贸n o prisi贸n de tres a quince a帽os.
En esta causa ya declar贸 personal de la Secretar铆a de Salud del municipio de General Pueyrred贸n, que intervino en el caso y notific贸 al imputado sobre el resultado del hisopado, y quien lo recibi贸 en el ret茅n de ruta 226 y lo escolt贸 hasta el laboratorio el s谩bado, adem谩s del personal del edificio donde alquil贸 un departamento por medio de la plataforma Airbnb.