La Corte definir谩 si jubilaciones pagan Ganancias
El 26 de marzo es la fecha que fij贸 el m谩ximo tribunal. El debate se da luego del caso Garc铆a, quien cuestion贸 el tributo.聽
El pr贸ximo 26 de marzo, la Corte Suprema de Justicia definir谩 si los jubilados deben seguir pagando el impuesto a las Ganancias. El debate se producir谩 a ra铆z del caso Garc铆a, quien cuestion贸 el pago de este tributo. El temario que el M谩ximo Tribunal tratar谩 a comienzo de a帽o fue definido por los cinco integrantes de la Corte: Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda.
Seg煤n cifras de la Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social (anses), sobre un total de siete millones de adultos mayores y pensionados, unos 300.000 jubilados pagan Ganancias. En concreto, un jubilado paga este impuesto si gana m谩s de seis haberes m铆nimos, es decir, $62.400.
En el caso Calderale, el m谩s reciente, la Sala II de Seguridad Social determin贸 que es "inconstitucional" que el Estado les cobre Ganancias a los jubilados
Ahora, la Corte deber谩 determinar si es constitucional que eso ocurra. En el caso Calderale, el m谩s reciente, la Sala II de Seguridad Social determin贸 que es "inconstitucional" que el Estado les cobre Ganancias a los jubilados. Los argumentos consistieron en que el haber no puede ser objeto del impuesto porque se trata de un salario "diferido", ya que ese jubilado ya pag贸 Ganancias de sus ingresos cuando era trabajador activo.
Adem谩s, la Sala estableci贸 que "las jubilaciones o pensiones no configuran una gracia o favor del Estado sino que es una deuda de la comunidad hacia el jubilado que prest贸 servicios para el Estado".聽Anses, el organismo encargado de apelar esa medida, consider贸 que el Estado decide qu茅 excepciones puede tener un impuesto a trav茅s del Poder Legislativo, y agreg贸 que el alegato de la irracionabilidad de que jubilados paguen Ganancias es relativo, dado que s贸lo el 4% (300.000 de los 7 millones) est谩n alcanzados en la actualidad.聽
Adem谩s, el organismo previsional sostuvo que ya existe un fallo supremo antecedente sobre esta materia. Al respecto, cabe recordar que la Corte se pronunci贸 en 2014 sobre un caso similar, y consider贸 que es el Poder Legislativo el que debe agregar o excluir los haberes de la lista de excepciones del impuesto.