Los principales puntos de la nueva Ley de Alquileres
La norma fue aprobada en el Senado con 41 votos del oficialismo, no hubo presencia de la oposici贸n, y contiene una serie de puntos a tener en cuenta.
Tras la sanci贸n de la nueva聽ley de聽alquileres en el Senado que no tuvo la presencia de la oposici贸n, y que聽modifica el C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, se聽establecieron聽nuevas reglas para los contratos de locaci贸n que benefician a los inquilinos, como el aumento de los a帽os de duraci贸n de los convenios y la obligaci贸n de proponer dos garant铆as a elegir por el propietario, entre otros puntos.
Los 铆tems principales de la nueva legislaci贸n, aprobada por 41 votos del oficialismo, son los siguientes:
- El mes anticipado y el dep贸sito de garant铆a no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.
- El reintegro del mes de garant铆a debe realizarse en efectivo al momento de la restituci贸n del inmueble, al valor del 煤ltimo mes de alquiler.
- El plazo m铆nimo del contrato se ampl铆a de dos a tres a帽os, con las excepciones del art铆culo 1199 del C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n.
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- Aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposici贸n quedan a cargo del locatario. Las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.
- Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los聽alquileres, previa notificaci贸n fehaciente.
- La intermediaci贸n solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.
- En cuanto a la garant铆a, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre t铆tulo de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de cauci贸n, fianza o garant铆a personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.).
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- Sobre el valor de la garant铆a, el locador no puede requerir garant铆a que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locaci贸n, salvo el caso de que la garant铆a sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.
- Respecto a la actualizaci贸n monetaria/indexaci贸n, la nueva ley excluye a los contratos de locaci贸n de los arts. 7 y 10 de la Ley de Convertibilidad 23.928.
- En la fijaci贸n del valor de los聽alquileres聽solo se admiten ajustes anuales, que deben seguir un 铆ndice conformado en partes iguales por el IPC (铆ndice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneraci贸n imponible promedio de los trabajadores estables).
- Se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locaci贸n ante la AFIP.
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- Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopci贸n de
medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contrataci贸n formal; entre ellas: la especial consideraci贸n de las personas en situaci贸n de violencia de g茅nero, la regulaci贸n de la actividad de las entidades que otorgan garant铆as de fianza o seguros de cauci贸n, la promoci贸n de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de聽alquileres聽y las indemnizaciones por da帽os y ocupaci贸n indebida de inmuebles.
- Se dispone el desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resoluci贸n de conflictos derivados de los contratos de locaci贸n.