Obligaban a empleada de estaci贸n de servicio a usar calzas ajustadas y ahora deber谩n indemnizarla
La Justicia mendocina consider贸 que hubo una discriminaci贸n de g茅nero con respecto al uniforme que usan los varones que sirvi贸 para perpetuar el estereotipo patriarcal sobre la vestimenta de estas trabajadoras.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvi贸 condenar a los due帽os de una estaci贸n de servicio por obligar a una empleada a usar calzas de un talle menor al que le correspond铆a. Los jueces resolvieron que hubo no solo discriminaci贸n contra la mujer con respecto a sus compa帽eros varones sino tambi茅n una clara promoci贸n del estereotipo patriarcal de visualizar su cuerpo como instrumento de deseo.
El conflicto tuvo lugar en el 2012 y origin贸 un ida y vuelta de cartas documentos entre la trabajadora y la empresa ubicada en la localidad de Guaymall茅n. Reci茅n ahora, casi nueve a帽os despu茅s, finalmente hay una sentencia firme y deber谩n indemnizarla con $150 mil m谩s intereses, en concepto de 鈥da帽o moral鈥.
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El inicio del reclamo聽
La demanda se inici贸 por despido discriminatorio, ya que la mujer aleg贸 que la obligaban a trabajar utilizando como 鈥uniforme鈥 unas calzas que no eran de su medida. "Todo el tiempo me piropeaban, se refer铆an a mi contextura f铆sica, o me ofend铆an con frases inapropiadas", asegur贸 la mujer en su declaraci贸n.
聽Ella pidi贸 en reiteradas oportunidades que le cambiaran la indumentaria por una de su talle y que se le cambiaran por un pantal贸n de corte de mujer, similar al que ten铆an sus colegas varones que trabajaban con prendas c贸modas tipo cargo.
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La trabajadora afirm贸 que cuando cambiaron el uniforme de sus compa帽eros, pidi贸 prestado un pantal贸n a un colega y comenz贸 a utilizarlo como uniforme. Por ello la sancionaron con tres d铆as de suspensi贸n y luego la despidieron.
Esto fue determinante para tomar la decisi贸n de llevar su caso a la Justicia y su sentencia gener贸 una jurisprudencia muy importante en tema de aplicaci贸n de la ley de protecci贸n integral para erradicar la violencia contra las mujeres.
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Los jueces fundamentaron la sentencia bas谩ndose en la Convenci贸n contra toda forma de Discriminaci贸n contra la Mujer (CEDAW), la Convenci贸n Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belem do Par谩) y la Ley de protecci贸n integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
El juez Jos茅 Valerio resalt贸 que los hechos generaron una 鈥afectaci贸n de su dignidad producida por haber sido obligada al uso de calzas, lo que provoc贸 que debiera soportar frases inapropiadas por parte de los varones que transitaban por el lugar.聽 Adem谩s de que hab铆a una notoria diferencia respecto del uniforme que era exigido al personal masculino, sumado a la angustia e incertidumbre que debi贸 padecer en relaci贸n al futuro de su situaci贸n laboral".
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鈥Se configuraron hechos y situaciones que colocaron a la trabajadora en una situaci贸n de vulnerabilidad y discriminaci贸n por razones de g茅nero鈥, agreg贸 el juez Omar Palermo.
Por su parte, el cortista Mario Adaro, se帽al贸 que es necesario que las empresas tambi茅n pasen por un estadio de deconstrucci贸n para adecuarse a los cambios culturales. "El hecho de haber determinado qu茅 vestimentas eran para varones y cu谩les para mujeres implica desde ya un estereotipo patriarcal tendiente a visualizar a la mujer destacando su cuerpo como instrumento. Si bien la empresa legalmente puede imponer el vestuario, ello es ilegal cuando contiene una dimensi贸n diferente para mujeres y hombres, atento a que hoy no existe argumento que justifique esta diferencia", sentenci贸.
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