Ordenan prohibir delivery en bicicleta en la Ciudad

La determinaci贸n de la Justicia es por el funcionamiento "Rappi", "Glovo" y "Pedidos Ya" en territorio porte帽o聽hasta que acrediten "judicialmente la adecuaci贸n"聽a los requisitos legales estipulados por el C贸digo de Tr谩nsito y Transporte local.

La Justicia orden贸 al Gobierno porte帽o que "proh铆ba en forma inmediata" el funcionamiento de las empresas de delivery en bicicleta "Rappi", "Glovo" y "Pedidos Ya" en la Ciudad de Buenos Aires hasta que acrediten "judicialmente la adecuaci贸n" a los requisitos legales estipulados por el C贸digo de Tr谩nsito y Transporte local.

Los repartidores de estas firmas no podr谩n volver a las calles hasta que no se garantice "que todos circulen utilizando casco", que "la caja portaobjeto est茅 anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda" del conductor, que posean "seguro de vida y accidentes" y "libreta sanitaria" y que los rodados "cuenten con adecuada se帽alizaci贸n m铆nima (luminosa y refractaria)".

Los repartidores deber谩n utilizar casco y no llevar carga sobre la espalda.

As铆 lo resolvi贸 el 煤ltimo martes聽el titular del juzgado N掳 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andr茅s Gallardo, quien orden贸, adem谩s, que se dise帽e y ejecute un plan de contingencia econ贸mica y social para compensar la reducci贸n de ingresos de los repartidores hasta que se normalice la situaci贸n, a trav茅s del Ministerio de Desarrollo Humano y H谩bitat.

A requerimiento del juzgado, la Polic铆a de la Ciudad realiz贸 un relevamiento de m谩s de 400 ciclorodados que arroj贸 que el 77% circula con el portaobjetos cargado en su espalda, el 70% desempe帽a tareas sin seguro alguno, y 67% circula sin casco, seg煤n publica el portal de noticias del Consejo de la Magistratura porte帽o, Ijudicial.

Rappi es otra de las empresas que deber谩 adecuarse a los requisitos聽legales estipulados por el C贸digo de Tr谩nsito y Transporte local.


En funci贸n de ese relevamiento, Gallardo indic贸 que el servicio de mensajer铆a urbana y reparto a domicilio de sustancias llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias"聽Rappi聽Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A."se realiza en franca transgresi贸n a la normativa vigente, y sin que se les exija al menos, dar cumplimiento a las normas b谩sicas en materia de seguridad".

Gallardo se refiere puntualmente a los art铆culos 13.3.5., 13.3.6., 13.4.2.2., 13.6.1. del C贸digo de Tr谩nsito y Transporte (Ley 5526), y 13.4.2.2. del Decreto Reglamentario (198/18) que estipulan la obligaci贸n de usar casco e indumentaria con bandas reflectivas; de contar con los seguros obligatorios; y de que la caja portaobjeto cumpla con determinadas caracter铆sticas y est茅 firmemente amarrada al rodado.

A su vez, el ministerio de Salud porte帽o sum贸 informaci贸n al expediente, al advertir que en el laspso de un mes, y siempre hablando del sistema p煤blico de Salud de la Ciudad, se atendieron 25 v铆ctimas de accidentes en la v铆a p煤blica, mientras desempe帽aban su tarea de repartidor.

Producto de ello, advirti贸 que "es necesario aplicar las medidas coercitivas necesarias para lograr que se d茅 cumplimiento estricto y sin demora a las disposiciones contenidas en el C贸digo y en su decreto reglamentario".

Esta nota habla de: