Reglamentan el uso de pistolas el茅ctricas para las fuerzas de seguridad

La medida fue publicada en el Bolet铆n Oficial. Las armas no letales se utilizar谩n para inmovilizar, detener un delito, proceder a una detenci贸n o impedir una fuga de quien manifieste peligro para s铆 mismo o para terceros.

El Ministerio de Seguridad reglament贸 el uso de armas electr贸nicas no letales por parte de miembros de fuerzas policiales y de seguridad federales.

La medida fue dispuesta trav茅s de la resoluci贸n 395/2019, publicada en el Bolet铆n Oficial y firmada por la ministra Patricia Bullrich, y llega luego de que en enero pasado desde la cartera anunciaran la compra de pistolas Taser para utilizar -en un principio- en estaciones de trenes y aeropuertos.

En ese marco, se instruy贸 a los titulares de la Polic铆a Federal, de la Polic铆a de Seguridad Aeroportuaria, de la Prefectura Naval y de Gendarmer铆a Nacional "a que procedan a la inmediata implementaci贸n de cursos de capacitaci贸n espec铆fica para el empleo de armas electr贸nicas no letales".

En los considerandos de la disposici贸n se remarca que la incorporaci贸n de esas armas "permitir谩 abordar situaciones operacionales en las que resulte necesaria la utilizaci贸n de la fuerza sin el empleo de armas de fuego, siendo un medio intermedio para ejercer un uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrentamientos con personas violentas o amenazantes".

Asimismo, se destaca que "la normativa y la doctrina internacional dan cuenta de los resultados obtenidos en los estudios m茅dicos y t茅cnicos realizados en prestigiosas universidades (...), donde se concluye que el empleo de las armas electr贸nicas no tiene efectos letales sobre las personas".

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En tanto, en el anexo de la resoluci贸n del Ministerio de Seguridad se determina que se har谩 uso de las armas electr贸nicas no letales en los siguientes casos: "Para inmovilizar, proceder a la detenci贸n o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de auto lesionarse; cuando deba ejercerse la leg铆tima defensa propia o de terceras personas; o para impedir la comisi贸n de un delito de acci贸n p煤blica".

Asimismo, en otro de los puntos de la reglamentaci贸n se deja claro que "ante el necesario empleo de armas electr贸nicas no letales, funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales deber谩n identificarse como tales de viva voz advirtiendo su inmediata intervenci贸n, salvo que dicha acci贸n pueda suponer un riesgo de lesiones para otras personas, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o in煤til, dadas las circunstancias del caso".

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