Elecciones 2021. ¿Qué pasa si no voto el domingo?

En la República Argentina el voto es obligatorio si tenés entre 18 y 70 años. ¿Qué hacer si no voté? ¿Cuándo estoy exceptuado de emitir el sufragio?

En la República Argentina el voto es obligatorio si sos mayor de 18 años y menor de 70 en las elecciones legislativas del 14 de noviembre. En el caso de no poder concurrir al lugar de votación y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.

Además, en el caso de que no justifiques tu voto, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Asimismo, quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el período de un año.

¿Dónde voto en las Elecciones Generales?

Podrán votar todos los ciudadanos y ciudadanas que figuren en el padrón electoral  y acrediten su identidad con el documento que lo habilite. 

Se podrá saber si figura en el padrón consultando en la aplicación de la Cámara Nacional Electoral (CNE) ingresando los datos y así obtener información sobre la mesa y el lugar de votación para estas elecciones legislativas. 

 

El padrón definitivo de las Elecciones 2021 se encuentra publicado desde el 16 de junio pasado. Por lo tanto, el período para efectuar incorporaciones al padrón electoral se encuentra cerrado, quienes no figuran en él deberán escribir un correo electrónico a reclamos.padron@pjn.gob.ar o comunicarse a la línea 0800-999-7237. 

¿Cuándo estoy exceptuado de ir a votar? En el caso de que te encuentres a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar, no es obligarorio concurrir a la mesa de votación.Tenés que justificar ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables. Los motivos por los que también se justifica la no votación es en el caso de que estés enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional. También si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones. Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios. ¿Qué debo hacer si no puedo ir a votar el domingo?

En el caso de no poder ir a votar, tenés que concurrir con tu documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que te encuentres, y allí tenés que pedir una certificación escrita que justifique tu imposibilidad de votar. Es importante que presentes tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.

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