ABUSO DE MENORES

Adolescente abusó de dos nenas cuando era menor de edad y los padres deben indemnizar a las víctimas con una suma millonaria

El agresor tenía 13 años y sus víctimas, 3 y 6. Por las secuelas en las menores también su mamá recibirá dinero. Los padres del acusado son civilmente responsables.

La Justicia resolvió que dos nenas víctimas de abuso sexual y la mamá de ellas, sean indemnizadas económicamente por su abusador, menor de edad en el momento de los hechos, y por sus padres, quienes son civilmente responsables. Así lo dispuso el juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Familia de Tercera Nominación de San Francisco de la provincia de Córdoba, Carlos Viramonte. Otro de los casos policiales más impactantes de la jornada.

Los hechos sucedieron en el año 2020, cuando el agresor tenía 13 años y sus víctimas, 3 y 6. La Justicia de San Francisco decidió que se repare el daño moral causado por lo vivido con el pago de indemnizaciones.

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Los demandados deben abonar 3.750.000 pesos y 2.100.000 pesos, para cada nena, y 2.900.000 pesos más para la mamá, más intereses. El total actualizado asciende a 65.120.285 pesos, según informaron fuentes judiciales.

En la sentencia se tuvo especialmente en cuenta los derechos humanos de las mujeres y de los niños, niñas y adolescentes, y se resolvió la causa con perspectiva de género y enfoque basado en los derechos de la niñez, señaló Viramonte en su fallo.

El juez sostuvo que si bien el agresor fue declarado inimputable penalmente por su edad, civilmente resulta ahora imputable para los actos ilícitos porque al momento del hecho septiembre de 2020 tenía 13 años, y la ley civil establece la imputabilidad a partir de los 10 años de edad.

 

Consideró que la conducta del agresor fue “ilícita y dolosaâ€, toda vez que cometió intencionalmente.  Viramonte sostuvo que el abuso sexual sufrido por las niñas, y tal como surge de la prueba, causó en ellas un “menoscabo en su integridad espiritual, que no solo se traduce en el sufrimiento, la vergüenza, el miedo y las aflicciones, sino que también se advierte el menoscabo en las condiciones de existencia de las niñasâ€.

Tanto la pericia psicológica, los informes escolares y del médico, más las declaraciones testimoniales, dieron cuenta de una serie de cambios que perjudicaron la conducta de las nenas. Según los especialistas, se vieron afectadas sus psiquis, sufriendo problemas cognitivos, de sociabilización y consecuencias emocionales como angustia, miedo, vergüenza e inseguridad.

“Antes del hecho, las niñas tenían una vida normal, y el hecho realmente ha cambiado perjudicialmente su vida. A ello se suma el haber tenido que transitar por dos procesos judiciales, pericias psicológicas y médicas, y declaraciones prestadas en Cámara Gessel ante personas desconocidas que realizaban un escrutinio profesional del hechoâ€, remarcó Viramonte.

La resolución sostiene que la mamá de las nenas tiene legitimación activa para reclamar, por derecho propio, una indemnización del daño moral, toda vez que el hecho produjo una gran discapacidad en sus hijas.

Se consideró que la prueba evidencia que las secuelas que sufren configuran una alteración funcional psíquica con una entidad significativamente superior en gravedad e intensidad a la normal, que en relación a su edad. 

“El hecho produjo en las niñas deficiencias psíquicas, mentales, intelectuales y sensoriales a largo plazo, de gran intensidad, que impiden y/o dificultan su participación plena y efectiva en la sociedad, su integración familiar, social, educacional, en igualdad de condiciones con las demás personas, frustrando definitivamente el proyecto de vida para el desarrollo de su personalidad integralâ€, argumentó el juez en su fallo.

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