Confirman perpetua para asesino de l铆der trans聽Diana Sacay谩n, pero sin agravante por odio de g茅nero

El fallo, que se conoci贸 a cuatro d铆as de cumplirse los cinco a帽os del crimen, ser谩 apelado por la fiscal Mariel Labozzetta, quien si bien destac贸 la importancia de que se haya establecido聽la condena para Gabriel David Marino,聽calific贸 como un "retroceso" que se haya descartado la figura.

La C谩mara Nacional de Casaci贸n en lo Criminal y Correccional confirm贸 la pena a prisi贸n perpetua para Gabriel David Marino por el homicidio de la dirigente trans Diana Sacay谩n, cometido en octubre de 2015 en el barrio porte帽o de Flores, aunque le quit贸 el agravante de "odio a la identidad de g茅nero", que fue por primera vez empleado en este caso en 2018, informaron este martes聽fuentes judiciales. La decisi贸n fue adoptada por la Sala I de la C谩mara que resolvi贸 "rechazar el recurso de casaci贸n interpuesto por la defensa de Marino y confirmar la condena impuesta, con la rectificaci贸n de la subsunci贸n legal, la que deber谩 encuadrarse en el Art. 80, inciso 11掳 del C贸digo Penal -homicidio calificado por haber mediado violencia de g茅nero-", seg煤n el fallo. En una resoluci贸n por mayor铆a dictada el 2 de este mes, los camaristas revocaron el agravante de "travesticidio" de la condena dictada por el Tribunal Oral Criminal (TOC) 4 porte帽o en junio de 2018, cuando consideraron que Marino (27) hab铆a actuado por "odio a la identidad de g茅nero" de la dirigente trans, en una resoluci贸n judicial sin precedentes.

El fallo, que se conoci贸 a cuatro d铆as de cumplirse los cinco a帽os del crimen de la l铆der trans, ser谩 apelado por titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), la fiscal Mariel Labozzetta, quien si bien destac贸 la importancia de que se haya confirmado la condena para Marino, calific贸 como un "retroceso" que se haya descartado la figura del "odio de g茅nero". Los jueces Patricia Llerena y Gustavo Bruzzone son los que con su voto conformaron la mayor铆a para confirmar la pena a prisi贸n perpetua pero s贸lo bajo la figura del homicidio agravado por "violencia de g茅nero". En cambio, su colega Jorge Luis Rimondi, vot贸 en minor铆a por tambi茅n confirmar la condena, aunque en su opini贸n, con la calificaci贸n de un homicidio agravado por alevos铆a. En lo que s铆 coincidieron los tres jueces de la Sala I fue en descartar la figura penal del agravante del "odio de g茅nero" contemplado en el inciso 4to.del art铆culo 80 del C贸digo Penal y que s铆 hab铆a sido hab铆a incluido en la sentencia del juicio en 2018.

En ese sentido, el juez Rimondi coincidi贸 con el voto en disidencia de la jueza del TOC 4 Ivana Bloch, quien en su momento tampoco aval贸 la figura del odio de g茅nero para este caso. " El caso no presenta un grado de violencia del que pueda colegirse un prejuicio o discriminaci贸n de los autores hacia la v铆ctima", afirm贸 el magistrado, luego de aclarar que se hizo referencia "equivocadamente" a que Sacay谩n hab铆a recibido " 13 pu帽aladas" cuando en realidad s贸lo cuatro de esas lesiones eran punzantes y las restantes eran cortantes. Otro de los fundamentos mencionados en el juicio para avalar el "travesticidio" fue que Sacay谩n presentaba algunas heridas en sus pechos. Para Rimondi, "no se han detectado lesiones violentas en zonas genitales" y los dos cortes que ten铆a en sus mamas " condice mucho m谩s con la idea de uno de los tantos intentos no asertivos por matar a Diana Sacay谩n que con la idea de dejar un 'mensaje' hacia rasgos caracter铆sticos de su identidad".

El juez tambi茅n subray贸 que " no se cuenta en el caso con ning煤n dicho de la v铆ctima que de forma previa haya dado cuenta de una expresi贸n transf贸bica por parte del imputado", que "no se ha encontrado en el lugar del hecho ninguna leyenda o se帽a de esa expresi贸n de odio" y que el crimen " no coincidi贸 con un d铆a significativo para la comunidad LGBTIQ+". Al fundamentar el agravante del "femicidio" contemplado en el inciso 11 del art铆culo 80 del C贸digo Penal, la jueza Llerena sostuvo : "Entiendo que en el presente caso, se verifican los requisitos t铆picos indicados, ya que el hecho fue realizado por un hombre en perjuicio de una mujer". En ese sentido, destac贸 que a partir de la Ley 26.743 de Identidad de G茅nero, sancionada en 2012, " se han abandonado, de manera definitiva, los criterios biologicistas para la determinaci贸n del g茅nero, sustituyendo aquel criterio por el de la autopercepci贸n del agente".

" Como se ha visto en el caso, se ha acreditado sin mayor controversia que Diana Sacay谩n era mujer en los t茅rminos previstos por la ley argentina", agreg贸 Llerena. El juez Bruzzone fue el tercero en votar y adhiri贸 a la postura de su colega Llerena respecto a confirmar la condena a prisi贸n perpetua para Marino, descartando el " odio de g茅nero" pero avalando el agravante de la "violencia de g茅nero". Sacay谩n, quien ten铆a 39 a帽os, hab铆a nacido en Tucum谩n y era una activa militante por los derechos sexuales, fue asesinada entre la noche del 10 y la madrugada del 11 de octubre de 2015 en el interior de un departamento de la avenida Rivadavia al 6700, en el barrio porte帽o de Flores, y su cuerpo fue hallado dos d铆as despu茅s amordazado y atado de pies y manos. La autopsia revel贸 que la v铆ctima presentaba 27 lesiones en su cuerpo, 13 de ellas producidas por un cuchillo de una hoja de 20 cent铆metros que fue secuestrado en la escena del crimen.

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