Fue presa por un aborto y ahora podr谩 denunciar a quienes la atendieron
La Corte revoc贸 una sentencia聽previa y autoriz贸 a una joven tucumana a accionar contra las m茅dicas por "violencia de g茅nero" y "violaci贸n del secreto profesional".
La Corte Suprema de la Naci贸n revoc贸 la sentencia de un tribunal de Tucum谩n que hab铆a archivado la denuncia de Bel茅n, la joven que estuvo presa cuando lleg贸 a un hospital con un aborto espont谩neo y hab铆a solicitado a la Justicia que las m茅dicas que la denunciaron fueran juzgadas por "violencia de g茅nero" y "violaci贸n del secreto profesional".
Archivar la causa y rechazar a Bel茅n como querellante "causa un gravamen de dif铆cil reparaci贸n ulterior, puesto que configura una denegaci贸n de acceso a la justicia a quien alega ser v铆ctima de violencia de g茅nero", se帽al贸 el fallo que se conoci贸 este viernes聽y que tiene fecha del jueves.
El hecho ocurri贸 en 2014, cuando a ra铆z de la denuncia de las m茅dicas se inici贸 una causa judicial que termin贸 con un fallo de la sala III de la C谩mara Penal de Tucum谩n que conden贸 a la joven por "homicidio agravado por el v铆nculo", lo que en este caso implicaba que cumplir铆a ocho a帽os de prisi贸n.
Cuando la chica lleg贸 al hospital, el profesional de guardia que la atendi贸 diagnostic贸 un聽aborto聽espont谩neo, pero fue acusada por las ginec贸logas de haberse provocado el聽aborto.
La abogada feminista Soledad Deza conoci贸 de casualidad a la joven en una visita a la c谩rcel y a partir de all铆 se hizo cargo de su defensa y se inici贸 un proceso que incluy贸 movilizaciones y reclamos de organizaciones locales e internacionales hasta聽terminar con la libertad de Bel茅n y un fallo absolutorio en 2017 por parte de la Corte Suprema provincial.
El m谩ximo tribunal de Tucum谩n rechaz贸, en cambio, admitirla como querellante en la denuncia por "violaci贸n de secreto profesional" y "violencia de g茅nero" contra las profesionales que la atendieron y cuyos dichos dieron lugar al proceso penal que la tuvo presa y ratific贸 el archivo de la causa.
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La Corte Nacional, bas谩ndose en la opini贸n de la procuradora fiscal Irma Garc铆a Netto, dej贸 sin efecto ese fallo y mand贸 dictar una nueva sentencia que no priorizara los formalismos que el tribunal local ponder贸 para rechazar el recurso extraordinario de Bel茅n.
Para Garc铆a Netto, en el dictamen de hace casi tres a帽os "se encuentra en tela de juicio el alcance de los derechos de acceso a la Justicia y a la tutela judicial efectiva resguardados en la Constituci贸n Nacional, los instrumentos internacionales y la Ley 26.485 de Protecci贸n Integral a las Mujeres".
Seg煤n el dictamen, con el que coincidi贸 la Corte Nacional, "la valoraci贸n del tribunal es de un injustificado rigor formal, que no ha tenido en cuenta los derechos a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia".
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"La protecci贸n de los derechos constitucionales que asisten a las v铆ctimas en general est谩 especialmente garantizada por la Convenci贸n sobre la Eliminaci贸n de todas las Formas de Discriminaci贸n contra la Mujer, la Convenci贸n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y la Ley 26.485 de Protecci贸n Integral a las Mujeres", acot贸 entonces Garc铆a Netto.
El fallo de la Corte fue firmado por Elena Highton y los ministros Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.