La Corte Suprema dej贸 firme la condena del hijo de Pappo por violencia de g茅nero
El m谩ximo tribunal rechaz贸 la queja presentada por la defensa y ratific贸 la pena de tres a帽os y ocho meses de prisi贸n por los episodios de hostigamiento, agresiones y amenazas contra su expareja.
La Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n confirm贸 la condena a tres a帽os y ocho meses de prisi贸n contra Luciano Napolitano, hijo del fallecido m煤sico Pappo, por haber golpeado, amenazado y hostigado a su entonces pareja en sucesivos episodios ocurridos entre 2020 y 2021 en la localidad bonaerense de Benavidez.
De acuerdo al fallo al que tuvo acceso Cr贸nica, el m谩ximo tribunal 鈥攃on las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti鈥 rechaz贸 el planteo de la defensa por inconsistencias en las formalidades de la presentaci贸n y, de este modo, dej贸 firme la sentencia que hab铆a sido dictada en primera instancia.
Los episodios denunciados y el avance de la causaDe acuerdo con el expediente, el primer episodio ocurri贸 el 21 de noviembre de 2020, cuando Napolitano 鈥渉ostig贸, humill贸 y denigr贸鈥 a su pareja, Mariel Oleiro, para luego agredirla y amenazarla mientras exhib铆a un arma de fuego calibre .38.
El hecho m谩s grave, que motiv贸 la denuncia penal, sucedi贸 el 24 de mayo de 2021 en la misma vivienda de Benavidez. Seg煤n la presentaci贸n judicial, Napolitano volvi贸 a hostigar y denigrar a Oleiro y la tom贸 del cuello, presion谩ndola hasta dificultarle la respiraci贸n mientras la amenazaba.
Por esos episodios, el m煤sico fue inicialmente condenado por lesiones leves agravadas por el v铆nculo y por mediar violencia de g茅nero, adem谩s de amenazas, privaci贸n ilegal de la libertad agravada y tenencia de arma de guerra. Fue un fallo dictado mediante juicio abreviado por el Juzgado Correccional N.潞 4 de San Isidro, tras un acuerdo entre su defensa y la fiscal铆a.
Napolitano estuvo detenido alrededor de un a帽o y medio, parte de ese tiempo en un establecimiento penitenciario y luego bajo arresto domiciliario, hasta diciembre de 2023, cuando la C谩mara de Garant铆as de San Isidro revis贸 el caso y lo absolvi贸.
La absoluci贸n, la apelaci贸n y el giro judicialEn aquel fallo, los jueces Juan Eduardo Stepa帽iuc y Leonardo Gabriel Pitlevnik sostuvieron que no se hab铆a alcanzado 鈥渆l grado de certeza necesario鈥 para confirmar la responsabilidad penal del acusado. Argumentaron que la versi贸n de Napolitano 鈥攓uien neg贸 los hechos鈥 no entraba en contradicci贸n con el resto de las pruebas.
Sin embargo, tanto el Ministerio P煤blico como la querella apelaron la absoluci贸n. En diciembre de 2024, la Suprema Corte bonaerense revoc贸 ese fallo y restableci贸 la condena original. Seg煤n el m谩ximo tribunal provincial, los camaristas hab铆an incurrido en 鈥渦na consideraci贸n fragmentaria y aislada鈥 del caso, evaluando solo las pruebas que favorec铆an al imputado sin confrontarlas con el conjunto de elementos reunidos en la investigaci贸n.
La defensa volvi贸 a recurrir, esta vez ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n, con la expectativa de revertir la condena. Pero el m谩ximo tribunal rechaz贸 la queja por incumplimientos en los requisitos formales establecidos por la Acordada 4/2007.
Con esta decisi贸n, la condena de tres a帽os y ocho meses de prisi贸n queda firme y sin m谩s instancias de revisi贸n disponibles.