JUSTICIA

La Corte Suprema reabri贸 una causa por abuso sexual luego de que el acusado fuera absuelto

La medida dej贸 sin efecto una sentencia absolutoria contra un acusado de manosear a una menor, cuando ten铆a 9 a帽os. Ahora, la Justicia bonaerense deber谩 emitir un nuevo fallo.

La Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n decidi贸 reabrir una causa por abuso sexual simple. La decisi贸n, adoptada por mayor铆a, deja sin efecto una sentencia absolutoria dictada por un tribunal de apelaci贸n en la provincia de Buenos Aires. El caso se remonta a una condena en primera instancia que hab铆a sido revocada. Ahora, la justicia provincial deber谩 emitir un nuevo pronunciamiento.

La causa se inici贸 a partir de una denuncia por hechos ocurridos entre 2012 y 2013, sin una fecha precisa. En ese per铆odo, una menor de edad, de 9 a帽os al momento del episodio, se encontraba alojada en la vivienda de su t铆a, ubicada en la localidad de Trenque Lauquen.

De acuerdo al relato de la denunciante, el acusado, identificado como L. D. O. la habr铆a manoseado una noche en la habitaci贸n que compart铆a con sus primos.

Seg煤n figura en la causa, el hombre habr铆a ingresado a la cama donde dorm铆a la menor. Se habr铆a acostado detr谩s de ella y le habr铆a tocado sus partes 铆ntimas, adem谩s de apoyarle sus genitales. El episodio dur贸 unos minutos y luego el denunciado se retir贸 de la habitaci贸n.

El caso avanz贸 a la instancia de juicio. Durante este proceso, se incorpor贸 por lectura el testimonio que la v铆ctima hab铆a prestado previamente en la fiscal铆a de instrucci贸n. Esta inclusi贸n gener贸 la objeci贸n de la defensa. A pesar de ello, el Juzgado en lo Correccional N.潞 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen conden贸 al imputado a un a帽o y dos meses de prisi贸n efectiva, por considerarlo autor del delito de abuso sexual simple.

Sin embargo, la defensa del acusado apel贸 la resoluci贸n. La C谩mara de Apelaci贸n y Garant铆as en lo Penal de la provincia de Buenos Aires acept贸 el recurso, revoc贸 la sentencia y absolvi贸 al imputado. El argumento central de esta decisi贸n fue la objeci贸n a la modalidad de incorporaci贸n del testimonio de la menor por lectura.

La decisi贸n fue adoptada por mayor铆a. Cont贸 con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti. En disidencia, el vicepresidente de la Corte, Carlos Fernando Rosenkrantz, vot贸 por rechazar la presentaci贸n.聽

Seg煤n el fallo de la C谩mara, al momento del debate oral, la joven ten铆a 17 a帽os y los magistrados consideraron que no exist铆an impedimentos m茅dicos que justificaran la utilizaci贸n de ese recurso, es decir, que no hab铆a razones v谩lidas para que la declaraci贸n no se realizara de manera presencial. Adem谩s, se cuestion贸 la suficiencia probatoria de los dem谩s elementos incorporados a la causa para sostener una condena.

Frente a esta absoluci贸n, el Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Julio Marcelo Conte-Grand, interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. En su presentaci贸n, sostuvo que la decisi贸n de la C谩mara afectaba el derecho de la v铆ctima y vulneraba principios del debido proceso.

La Suprema Corte bonaerense resolvi贸 rechazar el recurso presentado por Conte-Grand. Ante esta negativa, el Ministerio P煤blico present贸 un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n. Se argument贸 que la sentencia absolutoria constitu铆a un caso de gravedad institucional, al considerarla una decisi贸n arbitraria que desconoc铆a las garant铆as procesales que tambi茅n protegen al Ministerio Fiscal.

El m谩ximo tribunal del pa铆s analiz贸 el planteo y el jueves pasado resolvi贸 dictar procedente el recurso, hizo lugar a la queja y dej贸 sin efecto la sentencia apelada. Se dispuso remitir el caso a los autos principales para que se dicte un nuevo fallo acorde a lo establecido por el tribunal.

La decisi贸n, conocida como fallo 鈥淒i Mascio鈥, fue adoptada por mayor铆a. Cont贸 con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, y de los conjueces Pablo Candisano Mera (de la C谩mara Federal de Bah铆a Blanca) y Alejandro Tazza (de la C谩mara Federal de Mar del Plata). En disidencia, el vicepresidente de la Corte, Carlos Fernando Rosenkrantz, vot贸 por rechazar la presentaci贸n.

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