CASO CIGARRETA

La Corte reafirm贸 la libertad de expresi贸n y rechaz贸 una demanda contra el programa de Mirtha Legrand

El m谩ximo tribunal confirm贸 que la mesa de Legrand sobre la desaparici贸n de una beb茅 en Mar del Plata se ajust贸 a la libertad de expresi贸n y rechaz贸 la demanda de exfuncionarios que acusaban al ciclo de difamaci贸n y exposici贸n 铆ntima.

La Corte Suprema volvi贸 a poner el foco en la libertad de expresi贸n y lo hizo en un expediente que ten铆a como figura central a Mirtha Legrand. El Tribunal confirm贸 que la cobertura televisiva del caso Roc铆o Cigarreta, la beb茅 desaparecida en una cl铆nica marplatense, se ajust贸 a los est谩ndares que amparan el debate p煤blico en temas de inter茅s general.

El fallo desestim贸 la demanda por da帽os presentada por un matrimonio de exfuncionarios y ratific贸 que el programa de la conductora actu贸 dentro del marco legal y sin intromisiones indebidas en la vida privada.

Un caso estremecedor que volvi贸 a escena m谩s de 20 a帽os despu茅s

La causa se remonta a las emisiones del ciclo de Mirtha entre 2000 y 2001, cuando el pa铆s segu铆a con atenci贸n el caso de la beb茅 desaparecida en Mar del Plata.聽

La investigaci贸n comenz贸 cuando Cristina Ortiz谩, madre de Roc铆o Cigarreta, se present贸 ante la Justicia y denunci贸 que alguien le hab铆a dicho, en forma telef贸nica y an贸nima: "La tumba a la que est谩n llevando flores no es la de tu hija". Eso deriv贸 en la exhumaci贸n del cuerpo de Roc铆o y en la realizaci贸n de dos ex谩menes de ADN, los que acreditaron que los restos all铆 inhumados no pertenec铆an a la ni帽a mencionada.

Aquellas mesas televisivas reunieron a m茅dicos, periodistas, autoridades de la cl铆nica y abogados, y pusieron en circulaci贸n diversas hip贸tesis sobre lo que hab铆a ocurrido, desde una presunta maniobra de encubrimiento hasta la posible existencia de una red de tr谩fico de ni帽os.

En ese marco, los actores de la causa judicial 鈥擬. B. y O. B., ambos funcionarios p煤blicos en ese momento鈥 denunciaron que fueron vinculados injustamente al caso y que la difusi贸n de datos familiares vulner贸 su intimidad y la de sus hijas menores.

El an谩lisis judicial: libertad de expresi贸n y debate p煤blico como ejes centrales

En primera instancia, la Justicia les hab铆a dado la raz贸n a los demandantes y condenado a la conductora, la productora y los canales a resarcirlos. Pero la Sala M de la C谩mara Civil revoc贸 esa sentencia y, ahora, la Corte Suprema termin贸 de cerrar el expediente.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti retomaron criterios instalados en la jurisprudencia del Tribunal: la doctrina Campillay y el est谩ndar de real malicia, que exigen que, en temas de inter茅s p煤blico, quien se considere afectado debe probar que la informaci贸n difundida era falsa y que se emiti贸 con conocimiento de causa o desinter茅s manifiesto por su veracidad.

La Corte entendi贸 que, en este caso, no se hab铆a configurado ninguno de esos supuestos. Al contrario: el programa expuso m煤ltiples versiones, permiti贸 la participaci贸n de todas las partes relevantes y ofreci贸 un espacio de discusi贸n amplio sobre un asunto de enorme sensibilidad social.

El dictamen de la Procuraci贸n y la noci贸n de 鈥渓eg铆timo inter茅s social鈥

El Tribunal hizo suyos los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal, que consider贸 que la cobertura del caso estuvo amparada por el inter茅s p煤blico. Para la Procuraci贸n, el tratamiento televisivo no fue parcial ni falso, y no implic贸 una intromisi贸n lo suficientemente grave en la intimidad familiar como para desplazar la protecci贸n constitucional de la libertad de expresi贸n.

En esa misma l铆nea, se record贸 que el caso despert贸 m谩s que curiosidad medi谩tica: se trataba de una denuncia que inclu铆a la desaparici贸n de una reci茅n nacida, la presunta manipulaci贸n de un cad谩ver para encubrir la sustracci贸n y la posible existencia de una red de tr谩fico de beb茅s. Un escenario que justificaba, seg煤n el propio dictamen, una 鈥渁mplia cobertura period铆stica鈥.

Con esas bases, la Corte declar贸 admisible el recurso extraordinario y confirm贸 la sentencia de la C谩mara. Para los magistrados, los dichos emitidos al aire 鈥攜a fueran opiniones, preguntas o hip贸tesis de invitados鈥 no excedieron la misi贸n period铆stica de informar y debatir sobre un caso que mantuvo en vilo a la opini贸n p煤blica.

El pronunciamiento, m谩s de dos d茅cadas despu茅s de los hechos, vuelve a reforzar la protecci贸n jur铆dica a la labor period铆stica en contextos de alto inter茅s social y, al mismo tiempo, cierra definitivamente un cap铆tulo judicial que ten铆a a Mirtha Legrand como una de sus protagonistas involuntarias.

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