La viol贸 mientras dorm铆a y al despertarla le dijo: "Esper谩 que ya acabo"
El depravado fue procesado por abusar聽sexualmente a una mujer que hab铆a conocido en un boliche, en el barrio porte帽o de Almagro. Adem谩s, lo hizo sin preservativo, algo que la v铆ctima hab铆a rechazado cuando estaba despierta.
La Sala IV de la C谩mara Nacional en lo Criminal y Correccional ratific贸 el procesamiento por abuso sexual con acceso carnal a un hombre que no utiliz贸 preservativo a pesar de que la mujer con la que estaba en su domicilio le hab铆a pedido mantener relaciones sexuales con protecci贸n, informaron聽fuentes judiciales.
El hecho ocurri贸 el 煤ltimo 6 de abril en el barrio porte帽o de Almagro cuando el hombre identificado como F.D.C. lleg贸 a su domicilio junto a una mujer (M.D.), a qui茅n hab铆a conocido en un local bailable, con quien mantuvo relaciones sexuales con protecci贸n porque "esa era la condici贸n que hab铆a impuesto"聽la mujer, de acuerdo al fallo.
Luego "se fueron a dormir, pero antes que sonara la alarma D. despert贸 con F.D.C. encima de ella penetr谩ndola v铆a vaginal y, ante su rechazo, 茅l manifest贸 'espera, espera que ya acabo'聽lo que efectivamente ocurri贸", tras lo cual le aconsej贸 a la joven que tomara "la pastilla del d铆a despu茅s".
La damnificada formul贸 la denuncia penal con el argumento de que "la 煤ltima vez que tuvieron relaciones sexuales fue sin su consentimiento", versi贸n coincidente con lo que luego fueron las conclusiones de informes de peritos del Cuerpo M茅dico Forense de la Corte Suprema de la Naci贸n.
Para el tribunal de segunda instancia hubo abuso porque se viol贸 el derecho de la joven a la "libre disposici贸n de su cuerpo a efectos sexuales, o a la facultad de comportarse en el plano sexual seg煤n sus propios deseos".
"Hubo una concreta afectaci贸n de la intimidad de la damnificada que con preocupaci贸n inici贸 numerosos estudios para determinar secuelas que podr铆an darse tanto por contagio de enfermedades como un posible embarazo", seg煤n el fallo.聽
Los camaristas Julio Lucini, Mariano Gonz谩lez Palazzo y Magdalena Lai帽o dijeron que la v铆ctima no estaba obligada a tolerar actos de naturaleza sexual que no deseaba soportar.
"D. dorm铆a cuando percibi贸 que el imputado la penetr贸, por lo que jam谩s pudo expresar oposici贸n y nada autoriza sostener que el permiso primigenio se extend铆a a esa ocasi贸n", acotaron.
"Otro importante es que cuando (la damnificada) exigi贸 que cesara (C.) no lo hizo" aunque el procesado "sab铆a que su acto no ser铆a consentido sin el uso de un preservativo, ya que expresamente D. lo hab铆a puesto como condici贸n necesaria horas antes".