EN EZEIZA

Operativo de la Aduana: interceptaron a un pasajero que tra铆a 4.650 habanos en su equipaje

El implicado lleg贸 al pa铆s procedente de Panam谩. La mercader铆a secuestrada est谩 valuada聽en USD 23.250. Por la infracci贸n, podr铆a caberle una multa de hasta $13.671.000.

La Direcci贸n General de Aduanas/AFIP, a trav茅s del trabajo de agentes especializados, descubri贸 4.650 cigarros tipo habano en el equipaje de un pasajero proveniente de Panam谩. El operativo fue llevado a cabo en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza.

Seg煤n se detall贸, constat贸 la presencia de 186 paquetes de 25 unidades cada uno en las valijas que el viajero tra铆a consigo y se dio gracias al an谩lisis anticipado de pasajeros聽que emiti贸 una alerta y,聽en el marco de las gestiones de riesgo, el sistema le permiti贸 a la Aduana administrar las herramientas de control en forma oportuna para prever la llegada de pasajeros que ameritaran controles exhaustivos.

En efecto, el viajero que trajo los cigarros ten铆a 5 viajes al exterior en un semestre, todos al mismo destino. Siempre sali贸 sin familia o acompa帽antes, no ten铆a un trabajo declarado, ni ingresos importantes. Incluso, sali贸 de la Argentina con 1 valija y volvi贸 con 4.

La mercader铆a de contrabando no fue declarada por el hombre al momento de ingresar al pa铆s, pero fue descubierta gracias al control no intrusivo del esc谩ner aduanero: se estima que su valor total asciende a USD 23.250.

As铆, las infracciones de la maniobra son varias: por un lado, la mercader铆a supera ampliamente la franquicia de USD 500 para ingresos por v铆a a茅rea, por lo cual deber铆a haber sido declarada ante la consulta del personal aduanero.

Los cigarros quedaron secuestrados y al pasajero podr铆a caberle una multa de $13.671.000.

Sin embargo, por la cantidad y variedad de la misma se presume que fue tra铆da con fines de comercializaci贸n, con lo cual su ingreso por el r茅gimen de equipaje est谩, en efecto, prohibido. Por esa raz贸n, los cigarros quedaron secuestrados y al pasajero podr铆a caberle una multa de $13.671.000 en los t茅rminos del art铆culo 977 del C贸digo Aduanero. En rigor, el valor total de la mercader铆a convierte la maniobra en una infracci贸n aduanera.

A su vez, el ingreso de esta clase de mercanc铆a al territorio nacional con fines de comercializaci贸n requiere la intervenci贸n previa del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Dichos avales no pudieron ser exhibidos por el viajero en cuesti贸n, lo cual supone un agravante adicional.

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