ESTAFA

Procesaron a un abogado por presentar la misma prueba en dos demandas distintas por accidentes de tr谩nsito

Lo denunci贸 la empresa aseguradora al advertir la misma foto en dos casos que ocurrieron con 40 d铆as de distancia. Qu茅 dijo la defensa del letrado.

Un abogado qued贸 procesado por una supuesta tentativa de 鈥渆stafa鈥 en dos juicios por accidentes de tr谩nsito:聽se lo acusa de haber utilizado la misma foto como prueba para dos demandas distintas que ocurrieron con 40 d铆as de diferencia.聽

La denuncia parti贸 del apoderado de la empresa aseguradora. Seg煤n inform贸 despu茅s, el聽letrado consult贸 la base p煤blica de registros de causas del Poder Judicial de la Naci贸n, y all铆 encontr贸 que聽los mismos protagonistas hab铆an iniciado otra demanda por otro choque en otro juzgado. Entre ambos siniestros hab铆a 40 d铆as de diferencia: se trat贸 del聽mismo veh铆culo y el mismo conductor; tambi茅n del mismo abogado y del mismo m茅dico que constat贸 las lesiones.

鈥淒e la lectura de las constancias incorporadas al legajo se advierte, efectivamente, que parte de la prueba documental鈥 presentada en una de las causas se ofreci贸 鈥luego en el otro expediente y en respaldo de un reclamo motivado en un siniestro diferente鈥, concluy贸 ahora la聽C谩mara Nacional en lo Criminal, que confirm贸 el hecho delictivo.聽

Foto del Palacio de Tribunales

El apoderado de la empresa aseguradora denunci贸 que los registros fotogr谩ficos adjuntados como prueba documental tambi茅n hab铆an sido empleados por V (el chocado) y P (su abogado) para formular otra demanda similar contra otra persona 鈥減or un supuesto siniestro vial que habr铆a tenido lugar unos cuarenta d铆as antes que el otro鈥, en los primeros meses de 2019, resumi贸 el fallo del Tribunal de Apelaciones.

En la segunda demanda, se aportaron 鈥diversas vistas fotogr谩ficas de su veh铆culo, presupuestos y constancias m茅dicas en aval a su reclamo鈥.聽Y una de las fotograf铆as 鈥渆s id茅ntica鈥 en ambas denuncias, remarc贸 la C谩mara.

Se destac贸 que 鈥en ambas actuaciones se presentaron los mismos presupuestos mec谩nicos para probar la extensi贸n de los da帽os al rodado y se ofreci贸 como testigo un m茅dico que result贸 ser "familiar del encausadopara acreditar los 鈥減olitraumatismos con traumatismo cervical grave con contractura de los m煤sculos paravertebrales de la columna, traumatismo de cuello, traumatismo de cr谩neo鈥 que habr铆a padecido como consecuencia del supuesto accidente.聽

驴Qu茅 dice la defensa?聽

La defensa del imputado asegur贸 que se trat贸 de un "error" por una similitud de apellidos en las dos demandas.Los elementos de ponderaci贸n reunidos hasta el momento permiten verificar que, lejos de estar frente a una simple confusi贸n derivada de la similitud de los apellidos B. y B. 鈥揷omo lo alega la defensa al recurrir el procesamiento鈥, el abogado 鈥voluntariamente introdujo y聽ofreci贸 prueba espuria a los efectos de inducir鈥 al juzgado civil a caer en 鈥un error acerca de los da帽os derivados de un supuesto siniestro vial鈥聽con el fin de obtener un beneficio patrimonial, concluyeron los camaristas聽Hern谩n L贸pez y Pablo Lucero.

La luz de alarma se encendi贸 en otro juzgado, cuando lleg贸 la contestaci贸n de demanda del apoderado de la aseguradora Escudo, cuya p贸liza tiene contratada el denunciado por el choque. Se envi贸 el expediente al fuero en lo Criminal para que se investigue 鈥渓a eventual comisi贸n de un delito de acci贸n p煤blica鈥 y se interrumpieron los plazos procesales de la demanda. Ya en el fuero criminal, se requiri贸 al otro juzgado civil el env铆o de su causa.

V, la v铆ctima en ambos choques, inici贸 con el mismo abogado procesado actuaciones civiles en cada juzgado, sin aludir a la existencia de otro accidente sufrido. Seg煤n se denunci贸, el objetivo ser铆a obtener 鈥渋ndebidamente鈥 dos indemnizaciones 鈥減or el mismo da帽o鈥. En el portal del Poder Judicial de la Naci贸n de consulta p煤blica 鈥se encuentra la demanda digitalizada y su documental, y las fotograf铆as acompa帽adas del rodado CHEVROLET son las mismas que acompa帽贸 el actor en el caso de marras鈥, sostuvo el apoderado de la aseguradora en su escrito.

La Aseguradora advirti贸 que se 鈥渆st谩 intentando endilgar en el presente, los da帽os materiales de su motoveh铆culo y las lesiones de ambos casos鈥. Y se aludi贸 al intento de efectuar una 鈥渄uplicidad de reclamos鈥 a diferentes compa帽铆as de seguros por 鈥渓os mismos da帽os, lesiones y gastos鈥

Para constatar el hecho, el apoderado de la empresa aseguradora citada en garant铆a en una de las demandas consult贸 registros de causas del Poder Judicial de la Naci贸n y encontr贸 que los mismos protagonistas hab铆an iniciado otra demanda por otro choque en otro juzgado

En la misma resoluci贸n, los jueces decidieron que la investigaci贸n siga su tr谩mite en la Justicia, en lo Criminal Nacional y que no pase al fuero en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires. Se revoc贸 as铆 este aspecto de lo resuelto por el juzgado de primera instancia que lleva la causa.

La maniobra presuntamente defraudatoria denunciada habr铆a sido cometida en el marco de una causa que tramita鈥 en un juzgado civil nacional y no en un expediente 鈥渞adicado ante alguno de los tribunales locales de la Ciudad de Buenos Aires鈥, dijeron.

El Tribunal de Apelaciones remarc贸 que 鈥no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n ha sostenido que los delitos ejecutados en perjuicio de la administraci贸n de justicia nacional de esta ciudad son, en principio, de competencia de los tribunales nacionales ordinarios鈥. 鈥De manera similar, toda vez que en la presente se habr铆a intentado inducir al error a un magistrado nacional para, de este modo, obtener un pronunciamiento patrimonialmente ventajoso, corresponde que el Fuero Criminal y Correccional contin煤e entendiendo en las actuaciones鈥, concluy贸 la C谩mara.

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