VENCIMIENTOS

AFIP confirm贸 las fechas de Ganancias y Bienes Personales luego del pedido de pr贸rroga

El anuncio fue realizado tras la presentaci贸n efectuada por el Consejo de Ciencias Econ贸micas de la ciudad de Buenos Aires que deriv贸 en una resoluci贸n judicial. 驴Qu茅 cambia y qu茅 se mantiene?

La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) inform贸 que las fechas de vencimientos para los impuestos sobre los Bienes Personales y Ganancias contin煤an vigentes; y que la medida judicial que estipul贸 su postergaci贸n solo alcanza a los profesionales matriculados en el Consejo de Ciencias Econ贸micas de la ciudad de Buenos Aires.

De esta forma, las fechas de presentaci贸n de declaraciones juradas y de pagos de Ganancias y Bienes Personales para el per铆odo fiscal 2021, contin煤an previstas para el periodo comprendido entre los d铆as 23 y 27 de junio.

En tanto, el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N潞 12 hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el Consejo Profesional de Ciencias Econ贸micas de la Capital Federal (Cpcecaba).

El fallo, firmado por la jueza federal Macarena Marra Gim茅nez, ordena prorrogar los vencimientos y el pago de ambos tributos 鈥渉asta despu茅s de transcurridos sesenta (60) d铆as desde que fueron puestos a disposici贸n los sistemas web necesarios para cumplir dicha labor, es decir a partir del d铆a 12 de julio en adelante".

Comunicado de la AFIP

El Cpcecaba argument贸 que los aplicativos necesarios para la liquidaci贸n de los tributos 鈥渟e hizo efectiva a mediados del mes de mayo, con errores que merecieron correcciones y que se constituyeron en un importante aporte a la confusi贸n y a la complejidad en la realizaci贸n de la tarea鈥.

En tanto, en un comunicado, la AFIP calific贸 a la medida judicial como 鈥渓amentable鈥 y subray贸 que 鈥渟olo alcanza a los profesionales matriculados en el Cpcecaba鈥.

Mercedes Marc贸 del Pont, titular de la AFIP (Archivo).

鈥淟a decisi贸n judicial solo alcanza a sus propias declaraciones juradas y cuando dichos profesionales intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP鈥, subray贸 el organismo tributario dirigido por Mercedes Marc贸 del Pont.

Del mismo modo, record贸 que aquellos profesionales del Cpcecaba que lo consideren 鈥減ueden autoexcluirse y realizar sus presentaciones鈥. 鈥淩esulta lamentable que una jueza de primera instancia dicte, contra los procedimientos previstos en la ley, una medida interina que pretende lesionar la capacidad del Estado para recaudar impuestos鈥, cuestion贸 la AFIP, e indic贸 que 鈥渟e trata de un hecho de gravedad鈥 porque 鈥渁fecta la coparticipaci贸n y, por lo tanto, el financiamiento de las provincias y municipios de todo el pa铆s鈥.

AFIP: presentaci贸n ante la Justicia

Tras el fallo, las 谩reas jur铆dicas de la AFIP presentar谩n el informe requerido por la Justicia. Seg煤n el organismo, 鈥渕谩s del 30% de las personas alcanzadas (por los tributos) ya cumplieron con sus obligaciones, incluso antes de que comiencen los vencimientos鈥.

En el comunicado, la AFIP anticip贸 que 鈥渧erificar谩 el correcto uso de las claves fiscales鈥 y record贸 que la misma es 鈥減ersonal e intransferible鈥.

Aunque 鈥渆xiste la posibilidad de delegar formalmente un servicio como la presentaci贸n de una declaraci贸n jurada鈥, la AFIP enfatiz贸 que no es legal 鈥渜ue otra persona ingrese con una clave fiscal que no sea la propia para realizar tr谩mites鈥.

Las presentaciones y pagos de Ganancias y Bienes Personales podr谩n cumplirse hasta las siguientes fechas, seg煤n la terminaci贸n de la Clave 脷nica de Identificaci贸n Tributaria (CUIT) del contribuyente: los terminados en 0, 1, 2 y 3 tendr谩n fecha de presentaci贸n hasta el d铆a de hoy y fecha de pago hasta el 24 de junio; 4, 5 y 6 fecha de presentaci贸n hasta el 24 de junio y de pago hasta el 27 de junio; y 7, 8 y 9 fecha de presentaci贸n hasta el 27 de junio y pago hasta el 28 de junio.

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