LEGISLATIVAS

Advertencia en la previa a las elecciones 2025: un error com煤n de los votantes ahora podr谩 ser multado

La Justicia Nacional Electoral estableci贸 una nueva restricci贸n a la hora de ir a votar. La infracci贸n alcanza los $77.000.

A pocos d铆as de las elecciones legislativas 2025, las autoridades a cargo de los comicios advirtieron sobre un error com煤n entre los ciudadanos de todo el pa铆s que est谩n habilitados para votar y que puede ser motivo de una multa por miles de pesos.

En los comicios del pr贸ximo domingo 26 de octubre se proceder谩 a la renovaci贸n de 127 bancas de la C谩mara de Diputados y 24 esca帽os del Senado de la Naci贸n. Las jurisdicciones que eligen senadores en este ciclo son: Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre R铆os, Neuqu茅n, R铆o Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

En este marco, los autoridades electorales recordaron a la poblaci贸n sobre puntos importantes para poder votar sin inconvenientes. Cuestiones como la documentaci贸n a presentar, c贸mo consultar el padr贸n definitivo y los errores que pueden desembocar en multas abultadas son fundamentales para garantizar unas elecciones legislativas ordenadas y sin demoras.

En estos comicios tambi茅n se realizar谩 una modificaci贸n estructural del proceso electoral con la implementaci贸n de la Boleta 脷nica de Papel (BUP) en todo el territorio. Este sistema reemplaza el m茅todo tradicional que implicaba el uso de boletas partidarias por separado.

La BUP tiene como prop贸sito estandarizar el sufragio, incrementar la transparencia y minimizar las irregularidades vinculadas al material electoral.

Elecciones legislativas 2025: cu谩l es el error que se multa con hasta $77.000 pesos

En este contexto de renovaci贸n, la Justicia Nacional Electoral estableci贸 una nueva restricci贸n que acarrea una sanci贸n econ贸mica. As铆 se determin贸 que registrar fotogr谩ficamente o filmar la Boleta 脷nica de Papel dentro del recinto de votaci贸n constituye una infracci贸n.

Las Elecciones legislativas nacionales se llevar谩n a cabo este domingo, 26 de octubre.

Esta pr谩ctica, com煤n en procesos electorales previos, queda expresamente prohibida para garantizar el secreto del voto. La prohibici贸n fue incorporada al C贸digo Nacional Electoral bajo el art铆culo 71, inciso G.

La norma espec铆fica establece la prohibici贸n de 鈥渢omar fotograf铆as o filmar la Boleta 脷nica de Papel durante el sufragio, cualquiera sea el medio o dispositivo utilizado鈥.聽

La transgresi贸n a esta disposici贸n legal est谩 tipificada con una multa equivalente a 200 m贸dulos electorales. Seg煤n la valoraci贸n vigente dispuesta por la Justicia Electoral, esta sanci贸n asciende a $77.000 pesos.

La Justicia Electoral sostiene que la acci贸n de fotografiar el voto atenta contra el principio de secreto que rige el sufragio y podr铆a ser empleada para ejercer coacci贸n o control pol铆tico sobre el elector.

La finalidad de la prohibici贸n es proteger la libertad del sufragante, evitar mecanismos de control informal y prevenir situaciones que involucren una posible compra de votos.

La resoluci贸n y la reglamentaci贸n de su aplicaci贸n han sido formalizadas por el Juzgado Federal N掳1 de La Plata.

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