Bienes Personales: oficializan la extensi贸n del plazo para adherir al r茅gimen
La AFIP dispuso la pr贸rroga por pedido del Ministerio de Econom铆a. Todos los detalles en la nota.
La Administraci贸n General de Ingresos P煤blicos (AFIP), todav铆a en funciones, oficializ贸 la extensi贸n del plazo para completar la adhesi贸n al R茅gimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) de los bienes declarados y adelantar el pago. Fue a trav茅s de la Resoluci贸n General 5588/2024 publicada este mi茅rcoles en el Bolet铆n Oficial.
La medida responde a un pedido del Ministerio de Econom铆a, encabezado por Luis Caputo, en l铆nea con la prolongaci贸n del per铆odo para ingresar al blanqueo de capitales, que se dispuso "con la finalidad de posibilitar la adhesi贸n de una mayor cantidad de sujetos interesados".
Bienes Personales: pr贸rroga para adherir al r茅gimenAnte esto, se dispuso ampliar el lapso permitido para manifestar la opci贸n de adhesi贸n al REIBP y cumplir las obligaciones posteriores, que consisten en el pago inicial, la presentaci贸n de la declaraci贸n jurada y el pago del saldo resultante.
De acuerdo con el texto oficial, 鈥como fundamento de dicha medida, se adujo que un n煤mero significativo de contribuyentes ha manifestado al 30 de septiembre de 2024, inclusive, la opci贸n de adhesi贸n al REIBP por los bienes no regularizados bajo el R茅gimen de Regularizaci贸n de Activos del T铆tulo II de la Ley N掳 27.743, pero no ha podido, a esa fecha, por motivos de diferente naturaleza, cumplimentar la totalidad de dicho tr谩mite鈥.
De esta manera, la medida permite que quienes adhirieron al REIBP hasta el 30 de septiembre pasado, pero a esa fecha no pudieron terminar dicho tr谩mite, puedan hacerlo hasta el jueves 31 de octubre.
A su vez, se admitir谩 que quienes optaron hasta el 30 de septiembre por presentar su declaraci贸n del Impuesto sobre los Bienes Personales y ahora quieran adherir al REIBP, puedan tener la posibilidad de rectificarla, pudiendo acceder al r茅gimen y realizar el pago anticipado hasta el 28 de octubre, mientras que para pagar el saldo y presentar la Declaraci贸n Jurada habr谩 tiempo hasta el 31 de octubre.
En tanto que aquellos que optaron por el REIBP al 30 de septiembre y no cumplieron con todas o algunas obligaciones podr谩n realizar el pago anticipado hasta el 28 de octubre de este a帽o y pagar el saldo y presentar la Declaraci贸n Jurada hasta el 31 de octubre.
El r茅gimen ofrece estabilidad fiscal patrimonial hasta 2038 y exenci贸n de cumplir con las obligaciones habituales del impuesto sobre los bienes personales, como anticipos y declaraciones juradas, durante su vigencia.