RESOLUCI脫N

Blanqueo: la AFIP aclar贸 qu茅 implica la adhesi贸n de monotributistas

El organismo recaudador oficializ贸 las adecuaciones del R茅gimen de Regularizaci贸n de Activos. Tambi茅n reglament贸 la declaratoria sobre inmuebles y avance en obras en construcci贸n 聽

La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) reglament贸 nuevos aspectos del blanqueo, entre los que aclar贸 que la adhesi贸n al esquema por parte de monotributistas no implica su exclusi贸n o recategorizaci贸n.

Las adecuaciones del R茅gimen de Regularizaci贸n de Activos por parte del organismo, que fueron comunicadas mediante la Resoluci贸n General 5561/2024 publicada este martes en el Bolet铆n Oficial, est谩n vinculadas a los monotributistas, a la regularizaci贸n de obras sobre inmuebles y a los bienes de cambio y otros.

Con relaci贸n a los sujetos que se encuentren adheridos al Monotributo, la reglamentaci贸n de AFIP dispuso que la tenencia declarada voluntariamente en el marco del R茅gimen de Regularizaci贸n de Activos no deber谩 ser tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusi贸n o recategorizaci贸n del peque帽o contribuyente declarante respecto de los per铆odos anteriores a dicha declaraci贸n.

Blanqueo: qu茅 pasar谩 con los monotributistas

En lo que respecta a los monotributistas, la norma dispuso modificar la Resoluci贸n General N掳 5.528 y su modificatoria, incorporando un 煤ltimo p谩rrafo al art铆culo 20, para especificar el los efectos de la regularizaci贸n para los peque帽os contribuyentes inscriptos en el R茅gimen Simplificado.

El apartado aclaratorio precis贸 que, 鈥渃on relaci贸n a los sujetos que se encuentren adheridos al R茅gimen Simplificado para Peque帽os Contribuyentes (RS), la tenencia declarada voluntariamente en el marco del presente R茅gimen no deber谩 ser tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusi贸n o recategorizaci贸n del peque帽o contribuyente declarante respecto de los per铆odos anteriores a dicha declaraci贸n鈥.

Blanqueo: mejoras sobre inmuebles y obras en construcci贸n

En cuanto a las precisiones vinculadas a las mejoras sobre Inmuebles, se dispuso que como requisito para acreditar la titularidad se deber谩 presentar la escritura traslativa de dominio, o en su defecto, ser谩 v谩lido un boleto de compraventa con posesi贸n u otro compromiso similar con certificaci贸n notarial, siempre que se haya entregado la posesi贸n antes del 31 de diciembre de 2023.

Adem谩s, el texto oficial puntualiz贸 que 鈥渁dicionalmente, se deber谩 aportar boleta o reflejo de pantalla o constancia web, emitida por las administraciones tributarias correspondientes, de la que surja la valuaci贸n fiscal a los efectos del pago del impuesto inmobiliario o tributos similares鈥.

En tanto que para acreditar la valuaci贸n de las obras y mejoras se deber谩n adjuntar, facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas y/o informe t茅cnico de un profesional que certifique la valoraci贸n de las mejoras y/o certificado de avance de obra y/o contrato de locaci贸n de obra.

El blanqueo de bienes de cambio y otros bienes

La titularidad de los bienes de cambio, bienes en proceso de producci贸n y bienes terminados al 31 de diciembre de 2023, por su parte, se estipul贸 que se acreditar谩 mediante factura de compra o documento equivalente espec铆fico de la actividad, contratos relacionados con la adquisici贸n de los bienes o cualquier otro medio fehaciente que demuestre la titularidad, con detalles que incluyan la descripci贸n y cantidad de los bienes.

Por otro parte, se determin贸 que la valuaci贸n se acreditar谩 mediante la documentaci贸n mencionada anteriormente y otros documentos, como p贸lizas de seguro que contengan la valuaci贸n de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado y/o valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores.

Desde el organismo que conduce Florencia Misrahi sostuvieron que 鈥渆stas modificaciones buscan optimizar la operatividad del r茅gimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos鈥.

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