EN DETALLE
Chau cepo: estas son las nuevas medidas del BCRA desde el lunes 14 de abril
El Banco Central de la Rep煤blica Argentina comunic贸 nuevas condiciones en el acceso al Mercado Libre de Cambios que estar谩n vigentes desde el lunes 14 de abril de 2025.
Es oficial. Chau cepo. El Banco Central de la Rep煤blica Argentina (BCRA) comunic贸 a las entidadas bancarias, las nuevas condiciones en el acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) , que estar谩ni vigentes desde el pr贸ximo lunes 14 de abril. Expectativas por la cotizaci贸n del d贸lar.
En detalle, el BCRA inform贸 desarrollado en que consisten las novedades. Ac谩, un resumen de los principales puntos de la denominada Comunicaci贸n 鈥淎鈥 8226.
Chau cepo: estas son las nuevas medidas del BCRA desde el lunes 14 de abril Para personas f铆sicas (residentes) Podr谩n comprar moneda extranjera sin l铆mite de monto para tenencia local (c贸digo A09) y para ahorro en cuentas en el exterior de titularidad del cliente (c贸digo A07), siempre que acrediten la capacidad econ贸mica correspondiente a trav茅s de ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera En operaciones en efectivo, se mantiene un l铆mite mensual de 100 d贸lares 聽por cliente en todo el sistema Las operaciones con 聽dinero en cuenta no tienen restricciones Se elimina la restricci贸n cruzada de 90 d铆as entre operaciones en el mercado oficial y operaciones burs谩tiles (MEP/CCL) Queda sin efecto la exigencia de titularidad coincidente entre las cuentas de origen y destino en operaciones de d贸lar MEP y CCL Para personas jur铆dicas Se elimina, por 煤nica vez, el historial de operaciones con t铆tulos valores hasta el 11/04/25. Esto implica que todas las empresas podr谩n operar nuevamente en el MLC a partir del 14/04, sin necesidad de esperar 90 d铆as Queda habilitado el acceso al mercado para el pago de dividendos a no residentes, sobre utilidades generadas desde ejercicios iniciados a partir del 01/01/2025 Para personas f铆sicas y jur铆dicas Las nuevas importaciones oficializadas desde el 14/04/25 podr谩n acceder al MLC 聽de forma inmediata. Las anteriores mantienen el plazo de 30 d铆as Se ampl铆an las facilidades para pagos anticipados y a la vista 聽para MiPyMEs y bienes de capital no suntuarios, respetando ciertos topes sobre el valor FOB En cuanto a servicios contratados desde el 14/04/25: Con terceros no vinculados: se podr谩n pagar desde la fecha de prestaci贸n o devengamiento Fletes de importaci贸n: podr谩n pagarse desde el arribo de la mercader铆a al pa铆s Entre empresas vinculadas: se reduce el plazo m铆nimo de espera de 180 a 90 d铆as Se elimina el l铆mite a la formaci贸n de activos externos 聽en operaciones vinculadas a importaci贸n de energ铆a o combustibles (punto 10.6.7 de las normas de Exterior y Cambios) Las operaciones de m谩s de 100.000 d贸lares deben informarse con 48 horas de anticipaci贸n