El Gobierno de Javier Milei habilit贸 a que las organizaciones religiosas pueden administrar bienes sin ser asociaciones civiles
La medida fue establecida mediante un decreto publicado en el Bolet铆n Oficial. Todos los detalles, en la nota.
El Gobierno de Javier Milei habilit贸 a que las organizaciones religiosas puedan administrar sus bienes y libros contables sin tener que inscribirse como asociaciones civiles o fundaciones.
As铆 lo estableci贸 mediante el Decreto 486/2025 publicado en el Bolet铆n Oficial, en el que insta adem谩s a las provincias a que adecuen su normativa.
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Objetivos de la medidaDesde la Secretar铆a de Culto y Civilizaci贸n de la Naci贸n recalcaron que el objetivo es facilitar la acreditaci贸n de la personer铆a jur铆dica a las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.
Al respecto, aseguraron que la medida 鈥facilita a que las iglesias reconocidas en el Registro Nacional de Culto puedan acreditar su personer铆a jur铆dica y acceder a cosas simples y cotidianas, como un CUIT o una cuenta bancaria鈥.
Con estas modificaciones, las iglesias, comunidades de fe y espacios espirituales podr谩n acceder a cuentas bancarias y tener bienes a nombre de la instituci贸n sin tener que acreditar su inscripci贸n como asociaci贸n civil.
De adherir las provincias, dichas instituciones de fe podr谩n dise帽ar su propia estructura jur铆dica e inscribirse en un libro en cada jurisdicci贸n. Ser谩 la Inspecci贸n General de Justicia (IGJ) la encargada de implementar el decreto con los organismos provinciales.
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La nueva normativa aclara que la medida no reviste de obligatoriedad y que persigue la intenci贸n de facilitarle funcionalidad para 鈥darle m谩s opciones a las iglesias y que por eso respeta la voluntad y la elecci贸n de cada comunidad鈥.
鈥La medida apunta a que, por primera vez, las comunidades puedan rubricar sus libros contables y actuar con plena transparencia sin dejar de ser lo que son: iglesias, comunidades de fe, espacios espirituales鈥, subrayaron desde la cartera que lidera Nahuel Sotelo.