El Gobierno de Javier Milei modific贸 la ley que regula la distribuci贸n de gas licuado en el pa铆s y limit贸 la intervenci贸n estatal
El Ejecutivo flexibiliz贸 los controles para productores, distribuidores y los consumidores residenciales de bajos ingresos. La medida qued贸 establecida mediante un decreto publicado en el Bolet铆n Oficial.
El Gobierno nacional anunci贸 este jueves un cambio en la regulaci贸n del gas licuado de petr贸leo (GLP). De este modo, se modific贸 la intervenci贸n estatal con el objetivo de optimizar la producci贸n y comercializaci贸n de GLP, garantizando un abastecimiento econ贸mico para los consumidores.
La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Econom铆a, Luis Andr茅s Caputo, fue confirmada esta madrugada mediante la publicaci贸n del Decreto 446/2025 en el Bolet铆n Oficial.聽
Desde el Ejecutivo indicaron que esta disposici贸n posee un impacto directo en la eficiencia del sector y en los precios al consumidor al aplicar una serie de cambios sustanciales en la Ley 26.020 y tambi茅n al redefinir el rol del Estado en la industria del GLP.
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En la normativa, se detalla que se limita la intervenci贸n estatal en la industria del GLP, restringiendo la funci贸n de la Secretar铆a de Energ铆a del Ministerio de Econom铆a a la fiscalizaci贸n de par谩metros de seguridad y elimina la necesidad de autorizaciones previas para operar en los distintos segmentos del sector.
"Dicha intervenci贸n estatal debe limitarse exclusivamente a la fiscalizaci贸n del cumplimiento de los par谩metros de seguridad correspondientes, sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado鈥, especific贸 el Ejecutivo en el documento.
En la disposici贸n, se indica que el objetivo esencial del marco regulatorio es 鈥asegurar el suministro regular, confiable y econ贸mico de gas licuado de petr贸leo a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes鈥. Asimismo, se dispone que la Secretar铆a de Energ铆a podr谩 delegar funciones de fiscalizaci贸n y control t茅cnico en organismos p煤blicos o privados, as铆 como en provincias y la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires.
En este contexto, la medida dispone la eliminaci贸n de la obligaci贸n de obtener autorizaci贸n previa para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes. Ahora, alcanzar谩 con presentar la documentaci贸n requerida y cumplir con la normativa vigente. La autoridad de aplicaci贸n solo podr谩 verificar la informaci贸n y, en caso de observar irregularidades, deber谩 indicar las subsanaciones en un plazo de diez d铆as h谩biles.
En paralelo, se flexibiliza el r茅gimen de marcas y envases, permitiendo que los fraccionadores envasen GLP de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para m谩s de una marca o leyenda. En materia de comercializaci贸n, la normativa proh铆be expresamente la imposici贸n de cl谩usulas de exclusividad u obligaciones de compra por parte de los fraccionadores a los comercializadores.
Por su parte, esta disposici贸n redefine las funciones de la autoridad de aplicaci贸n, limitando su intervenci贸n a cuestiones de seguridad y control t茅cnico. 鈥La Autoridad de Aplicaci贸n de la presente ley tendr谩 las siguientes funciones y facultades: a) Hacer cumplir la presente ley, su reglamentaci贸n y disposiciones complementarias, en el 谩mbito de su competencia; b) Dictar las normas reglamentarias para cada una de las etapas de la actividad, exclusivamente a fines de seguridad鈥, detalla la medida.
Adem谩s, ordena dar cuenta a la Comisi贸n Bicameral Permanente del Congreso de la Naci贸n, que tiene competencia para pronunciarse sobre la validez de los decretos delegados. La decisi贸n responde a la emergencia p煤blica declarada por la Ley 27.742, que habilit贸 al Ejecutivo a reorganizar organismos y competencias en materia energ茅tica.