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El Gobierno dispuso que la UIF deje de ser querellante en causas de corrupci贸n

El decreto fue publicado este jueves en el Bolet铆n Oficial. El objetivo es evitar la superposici贸n de tareas entre los diferentes organismos.

El Gobierno nacional orden贸 que la Unidad de Informaci贸n Financiera (UIF) ya no podr谩 ser querellante en causas de corrupci贸n y lavado de activos.

As铆 lo estableci贸 mediante el Decreto 274/2025 publicado este jueves en el Bolet铆n Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano C煤neo Libarona.

La UIF ya no ser谩 querellante en causas de corrupci贸n: los fundamentos

En los fundamentos de la medida, el Gobierno sostuvo que el esquema actual 鈥superpone la actividad鈥 de la UIF y del Ministerio P煤blico Fiscal (MPF), 鈥con el consecuente gasto de recursos humanos y econ贸micos que conlleva y el riesgo de incurrir en contradicciones en el obrar鈥.

Adem谩s, advirti贸 que estos delitos 鈥evolucionan constantemente, no solo en sus formas de comisi贸n, sino tambi茅n por los medios utilizados a tal fin y por los actores involucrados que en ellos participan鈥.

En este punto, se indic贸 que las recomendaciones del Grupo de Acci贸n Financiera Internacional (GAFI) representan 鈥un sistema completo y consistente que los pa铆ses miembros deben implementar para combatir el lavado de activos, la financiaci贸n del terrorismo y el financiamiento de la proliferaci贸n de armas de destrucci贸n masiva鈥.

Cit贸, asimismo, un informe que 鈥establece acciones concretas que el pa铆s debe adoptar, a fin de fortalecer el sistema nacional de lucha contra el lavado de activos, la financiaci贸n del terrorismo y el financiamiento de la proliferaci贸n de armas de destrucci贸n masiva鈥. Entre ellas que la Argentina debe reconsiderar la intervenci贸n de la UIF como parte querellante, en tanto dicha actividad podr铆a afectar su autonom铆a e independencia operativa".

Corresponde regular las condiciones para que la UIF delimite el alcance de las obligaciones que recaer谩n sobre los sujetos obligados conforme un enfoque basado en riesgo, eficiente y eficaz, que contemple las distintas capacidades t茅cnicas de los referidos sujetos y sus recursos鈥, precis贸 el Ejecutivo.

Se subray贸 luego la competencia de la UIF 鈥para poner a disposici贸n del MPF y para el ejercicio de las acciones pertinentes los elementos obtenidos en el marco de su actuaci贸n, como as铆 tambi茅n para colaborar con los 贸rganos judiciales y ese Ministerio P煤blico en la persecuci贸n penal de los delitos de lavado de activos y sus delitos precedentes, de financiaci贸n del terrorismo o de financiamiento de la proliferaci贸n de armas de destrucci贸n masiva, de acuerdo con las pautas que se establezcan reglamentariamente鈥.聽

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