El Gobierno mand贸 al Congreso un proyecto de blanqueo de capitales
El Gobierno oficializ贸 este mi茅rcoles al Congreso un proyecto del ley de blanqueo, denominado "Declaraci贸n Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado".
El Gobierno oficializ贸 este mi茅rcoles al Congreso un proyecto del ley de blanqueo, denominado "Declaraci贸n Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado". 驴Cu谩l es su alcance?聽Personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con bienes y activos financieros no declarados ante el fisco.
La misma contar谩 con una al铆cuota de 5% para quienes se registren en los primeros 120 d铆as desde la entrada en vigencia de la iniciativa.
El proyecto 鈥攓ue ingres贸 para su tratamiento en la C谩mara de Diputados鈥 establece que se podr谩n exteriorizar la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el pa铆s o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles e inmuebles.
La iniciativa del Ministerio de Econom铆a que conduce Sergio Massa, deber谩 ser analizado por las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Finanzas, que presiden los diputados del oficialismo Carlos Heller y Alicia Aparicio.
Para aprobar el proyecto en el recinto, el bloque del Frente de Todos deber谩 buscar acuerdos Juntos por el Cambio debido la extrema paridad que existe entre los dos bloques. El oficialismo cuenta con 118 legisladores y la oposici贸n con 116.
Esto surge luego del acuerdo firmado en diciembre de 2022 entre la Argentina y Estados Unidos que establece un sistema de intercambio de informaci贸n tributaria. La misa聽permitir谩 a ambos pa铆ses acceder a informaci贸n cruzada sobre operaciones realizadas por sus ciudadanos en los respectivos sistemas financieros, con el objetivo expl铆cito de combatir la evasi贸n fiscal.
Con base en los considerandos y principales art铆culos del proyecto, la iniciativa 鈥攄e prosperar su tratamiento鈥 establece que entrar谩 en vigencia a los 15 d铆as de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial.聽 Adem谩s, cuenta con un al铆cuota especial la exteriorizaci贸n voluntaria de los bienes no registrados que tengan en el pa铆s y en el exterior.
Asimismo, se incrementar谩n las al铆cuotas aplicables para la exteriorizaci贸n de los bienes del exterior en el caso de que no exista repatriaci贸n.
Blanqueo de capitales:聽驴C贸mo funciona la medida?Las al铆cuotas aplicables ser谩n del 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 d铆as corridos de la puesta en marcha del blanqueo; 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 d铆as; y 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido el plazo de 120 d铆as corridos.
En el caso de aquellos bienes detectados en el exterior y no declarados pagar谩n una tasa del 7,5 por ciento en los primeros 120 d铆as de sancionada la ley, un 12,5 desde el vencimiento del plazo anterior y hasta 120 d铆as, y de esa fecha por otro 120 corridos ser谩 de 22,5 por ciento.
Se establecer谩 un r茅gimen simplificado con una al铆cuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35%) de los ingresos anuales promedio de los 煤ltimos 3 per铆odos fiscales y con un tope de hasta US$ 50 mil.
Para acceder al r茅gimen, la declaraci贸n voluntaria de la tenencia de moneda nacional o de moneda extranjera requerir谩 la confecci贸n de una declaraci贸n jurada meramente informativa que d茅 cuenta del monto exteriorizado.
Se entender谩 por repatriaci贸n de bienes cuando el monto ingresado al pa铆s en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como m铆nimo un porcentaje a determinar por la reglamentaci贸n del valor total de los bienes en el exterior que se declaren; el que no podr谩 ser inferior al 10 por ciento.
El proyecto prev茅 que quedar谩n excluidos 煤nicamente del R茅gimen Simplificado los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario.
驴Qui茅nes est谩n exentos?Cabe destacar que tampoco podr谩n ingresar al blanqueo de capitales ning煤n Presidente o Vicepresidente, ministros del Poder Ejecutivo Nacional o provincial, gobernadores, intendentes, jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, legisladores nacionales y provinciales, as铆 como los jueces del Poder Judicial de la Naci贸n que hayan asumido sus funciones a partir del 1 de enero de 2010.
Tambi茅n estar谩n excluidos los s铆ndicos de entes de servicios, de la Auditoria, los embajadores, c贸nsules, personal de las Fuerzas Armadas o de seguridad, as铆 como rectores de Universidades nacionales, entre otros.
En esta condici贸n tambi茅n estar谩n los c贸nyuges, convivientes, padres e hijos de autoridades nacionales o provinciales que se hubieran desempe帽ado desde enero del 2010 hasta la fecha.
Adem谩s, se excluir谩n a sujetos declarados en estado de quiebra sin posibilidad de continuar con la explotaci贸n en cuesti贸n, como as铆 tambi茅n a los condenados por delitos frente a incumplimiento tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la condena no estuviera cumplida.
Tampoco no podr谩n ser objeto de la declaraci贸n voluntaria y excepcional las tenencias en el exterior que estuvieran depositadas en entidades financieras o agentes de custodia radicados o ubicados en jurisdicciones o pa铆ses identificados por el Grupo de Acci贸n Financiera Internacional (GAFI) como de alto riesgo o no cooperantes.