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El Gobierno modific贸 el sistema de validaci贸n para las prestaciones a las personas con discapacidad

La Resoluci贸n聽713/2024,聽publicada este jueves en el Bolet铆n Oficial, derog贸 un aplicativo del nomenclador de los servicios de salud para esa poblaci贸n. Desde聽el Foro Permanente para la Promoci贸n y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad destacaron la iniciativa.聽

La Superintendencia de Salud derog贸 este jueves聽el "Aplicativo de registraci贸n, geolocalizaci贸n y validaci贸n" del nomeclador de prestaciones para personas con dispacidad. As铆 lo oficializ贸a trav茅s de la Resoluci贸n 713/2024, publicada en el Bolet铆n Oficial, una medida que destac贸 el Foro Permanente para la Promoci贸n y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad al considerar que era聽"un requisito que no todos pod铆an cumplir".聽

De acuerdo al documento, el aplicativo ahora derogado聽hab铆a sido implementado en el nomenclador a trav茅s de otra resoluci贸n, la N掳2484/2023, para聽"agilizar los procedimientos administrativos, mejorar la eficiencia y transparencia de los procesos".

"Sin embargo, seg煤n indica el informe t茅cnico de la Gerencia Operativa de Subsidios por Reintegro obrante en el expediente, las herramientas introducidas por la Resoluci贸n N掳聽2484/2023聽no est谩n en condiciones de ser utilizadas por las partes involucradas, por lo que resulta imposible cumplir con los procedimientos establecidos", considera la medida.

En ese sentido, el organismo juzg贸 que este aplicativo incorporado al nomeclador "conllevar铆a un costo significativo, lo cual va en contra de los objetivos de eficiencia y optimizaci贸n de recursos establecidos en la Ley N掳聽23.660 y su legislaci贸n complementaria".

Adem谩s, consider贸 que "el manejo de informaci贸n delicada sobre salud requiere est谩ndares de seguridad y privacidad altos, aspectos que no han sido abordados exhaustivamente en la Resoluci贸n N掳聽2484/2023".

"Esto contradice lo estipulado por las Leyes N掳聽25.326 de Protecci贸n de Datos Personales y N潞聽26.529, de Derechos del Paciente. Por tanto, considerando lo expuesto, resulta adecuado revocar la Resoluci贸n N掳聽2484/2023 de la Superintendencia de Salud", cierra.聽

Desde el聽Foro Permanente para la Promoci贸n y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad destacaron la decisi贸n al asegurar que "era un requisito con el que no todas las personas pueden cumplir" por "la exigencia de contar con un celular para el tr谩mite"聽y "porque el funcionamiento de internet no es estable en los grandes centros urbanos y menos a煤n en las zonas donde la conectividad es casi inexistente".聽

Adem谩s, consider贸 que "apuntaba a controlar el acceso a terapias y tratamientos y medir los trayectos y traslados con acompa帽antes terap茅uticos"; y聽que "implicaba controlar s贸lo a beneficiarios y prestadores, cuando la Superintendencia de Servicios de Salud deb铆a regular a obras sociales y prepagas".

La resoluci贸n completa con los cambios para las prestaciones a las personas con discapacidad 聽

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