El Gobierno oficializ贸 la desregulaci贸n del servicio de rampas en los aeropuertos del pa铆s
La decisi贸n fue confirmada a trav茅s de la Resoluci贸n 49/2024, publicada esta madrugada en el Bolet铆n Oficial. De este modo, se aprob贸 el 鈥Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general鈥. Adem谩s, se habilit贸 a las fuerzas de seguridad a descargar el equipaje de los aviones en caso de una medida de fuerza.聽
En pleno conflicto con la empresa estatal Intercargo y con el objetivo de garantizar el servicio, el Gobierno nacional oficializ贸 la desregulaci贸n del servicio de rampa en todos los aeropuertos del pa铆s, por tal motivo, las empresas privadas podr谩n operar all铆. Adem谩s, las fuerzas de seguridad podr谩n sacar las valijas de los aviones en caso de que sigan las protestas sindicales.
La normativa qued贸 establecida mediante la publicaci贸n de la Resoluci贸n 49/2024 este viernes en el Bolet铆n Oficial, a trav茅s de la cual se aprob贸 el 鈥Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general鈥.
La medida, que lleva la firma del Secretario de Transporte de la Naci贸n, Franco Mogetta, apunta a modernizar los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en todo el pa铆s, con el objetivo de mejorar la experiencia de usuario y promover una mayor competencia en el mercado aeron谩utico.
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En el considerando de la resoluci贸n, se destaca que los explotadores de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general podr谩n 鈥渘egociar libremente sus permisos y habilitaciones entre s铆, respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones t茅cnicas aeron谩uticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociaci贸n importe la creaci贸n o extinci贸n de un derecho鈥.
Adem谩s, recalcaron que 鈥se deben desregular las tarifas impuestas por el Estado Nacional, dictadas por la Administraci贸n Nacional de Aviaci贸n Civil (ANAC), dejando sin efecto los actos administrativos que las imponen y permitiendo que el mercado, en sana competencia, pueda arbitrar libremente los precios鈥 y 鈥渜ue el rol del operador aeroportuario y del transportista a茅reo resultan esenciales para el 茅xito y la agilidad del sistema鈥.
En lo respecta a la actividad del ANAC, en la resoluci贸n se remarc贸 que dicho organismo deber谩 鈥渆laborar y publicar digitalmente, en su sitio de internet, los modelos de Manuales de Procedimientos Operativos y de Gesti贸n de la Seguridad Operacional y/o cualquier otro documento, requeridos para que el usuario acceda y pueda mantener vigente el Certificado Digital de Explotador de Servicios Aeroportuarios operacionales y de rampa鈥.
En tanto, se especific贸 que se dispone que todo explotador 鈥siempre que se garantice la factibilidad operativa conforme su Manual de Aer贸dromo y cumplidos los est谩ndares de seguridad operacional, deber谩 autorizar toda base de operaciones y escalas solicitada por los explotadores de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general鈥.
En caso de que no se lleve a cabo la actividad, 鈥減or parte del explotador de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, podr谩 configurarse como causal de la suspensi贸n temporaria o definitiva de la autorizaci贸n鈥.
La decisi贸n del Gobierno llega luego de las medidas de fuerza que llevaron adelante los gremios aeron谩uticos por el despido de 15 trabajadores de Intercargo, que generaron un gran caos en Aeroparque y Ezeiza. Es por eso que el Ejecutivo asegur贸 que ante una posible ausencia en la prestaci贸n de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, ser谩n las 鈥淔uerzas de Seguridad, previa instrucci贸n del Ministerio de Seguridad, las que podr谩n explotar de manera temporal y excepcional dichos servicios鈥.