BOLET脥N OFICIAL

El Gobierno oficializ贸 los cambios en la firma digital: ya no ser谩 necesario realizar el tr谩mite presencial

La disposici贸n fue confirmada en el Decreto 743/2024, que fue publicado esta madrugada en el Bolet铆n Oficial. De este modo,聽la verificaci贸n de identidad se podr谩 hacer en forma remota. M谩s detalles, en la nota.

Es martes, el Gobierno oficializ贸 los cambios al sistema de firma digital para ampliar la posibilidades de validar y registrar la firma digital, con el objetivo de permitir que la verificaci贸n de la identidad del solicitante de la r煤brica pueda hacerse de manera remota . De esta forma, se busca eliminar las burocracias y agilizar los tiempos del Estado.

La medida se hizo oficial esta madrugada a trav茅s del Decreto 743/2024, que se public贸 en el Bolet铆n Oficial, donde se establece que, de ahora en m谩s, la verificaci贸n de identidad puede realizarse de manera virtual, sin la necesidad de realizar ning煤n tr谩mite presencial.

"Comprobar, por s铆 o por medio de una Autoridad de Registro que act煤e en nombre y por cuenta suya, la identidad y cualquier otro dato de los solicitantes o suscriptores considerado relevante para los procedimientos de verificaci贸n de identidad que se requieran para la emisi贸n del certificado digital, su renovaci贸n o su revocaci贸n, mediante factores de autenticaci贸n biom茅trica, seg煤n se especifiquen en la Pol铆tica 脷nica de Certificaci贸n. Dicha verificaci贸n de identidad puede o no hacerse de manera presencial, para lo cual se deber谩n emplear servicios de validaci贸n de identidad en tiempo real que utilicen el confronte de datos del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS鈥, indica el documento.

En ese sentido, en la disposici贸n se especifica que se realizar谩 la verificaci贸n de identidad a trav茅s de la tecnolog铆a de autenticaci贸n biom茅trica y los datos del Registro Nacional de las Personas (RENAPER). Adem谩s, incorporaron modificaciones para el r茅gimen de Certificadores licenciados, quienes hasta el momento se encontraban obligados a comprobar la identidad y cualquier otro dato de los solicitantes considerado relevante de forma presencial, mediante los datos biom茅tricos.聽

En tanto, se destaca en la normativa que se podr谩n delegar en 鈥渁utoridades de registro鈥 las funciones de validaci贸n de identidad y otros datos de los suscriptores de certificados y de registro de las presentaciones y tr谩mites que les sean formuladas. 鈥淟a presencia f铆sica del solicitante o suscriptor ante el Certificador Licenciado o sus Autoridades de Registro no ser谩 condici贸n ineludible para el cumplimiento de los tr谩mites necesarios para la emisi贸n, renovaci贸n o revocaci贸n del correspondiente certificado digital鈥, aclara la resoluci贸n.

Con estas medidas, se busca 鈥facilitar el acceso del administrado a los organismos del Estado, agilizando sus tr谩mites administrativos, incrementando la transparencia y accesibilidad, mediante el uso de herramientas tecnol贸gicas que posibiliten un acceso remoto y el ejercicio de un seguimiento efectivo sobre la actividad administrativa鈥.

Por 煤ltimo, cabe destacar que estas modificaciones se dan en el marco de un proceso de modernizaci贸n tecnol贸gica en la que se encuentra inmersa la administraci贸n p煤blica. Estos cambios 鈥conlleva la elaboraci贸n de un marco normativo adecuado que contemple las particularidades que trae aparejadas la utilizaci贸n de las tecnolog铆as de la informaci贸n y las comunicaciones para el desarrollo de su actividad, tanto internamente como en sus relaciones con los ciudadanos鈥.

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