BOLET脥N OFICIAL

El Gobierno reglament贸 la esencialidad del transporte aeron谩utico comercial

La disposici贸n fue oficializada esta madrugada a trav茅s del decreto 825/2024, que fue publicado en el Bolet铆n Oficial. En la normativa se reglamenta el c贸digo aeron谩utico y tambi茅n se incluyen requisitos a tener en consideraci贸n para convocar medidas de acci贸n gremial, como paros y huelgas. Detalles, en la siguiente nota.

Este lunes, el Gobierno nacional declar贸 oficialmente como servicio esencial a la aeron谩utica civil y comercial, por lo que se deber谩 garantizar la prestaci贸n de servicios m铆nimos. La normativa fija los plazos que deben considerarse para convocar a una medida de fuerza. Adem谩s, se establece que deber谩 garantizarse el 50% de la prestaci贸n del servicio.

La medida fue oficializada mediante el decreto 825/2024, publicado esta madrugada en el Bolet铆n Oficial, en el cual el Gobierno aprob贸 las modificaciones del art铆culo 2掳 de la Ley N掳 17.285, con el objetivo de "declarar a la aeron谩utica civil aerocomercial como un servicio esencial鈥. Asimismo, se帽ala que la Secretar铆a de Trabajo ser谩 la autoridad de aplicaci贸n para garantizar el cumplimiento de la actividad civil aerocomercial como servicio esencial.

En el documento, se establece que 鈥渓os conflictos colectivos de trabajo y toda medida de acci贸n directa que interrumpan total o parcialmente la actividad aeron谩utica civil aerocomercial, p煤blica o privada, declarada como servicio esencial por el art铆culo 2掳 de la Ley N潞 17.285 y sus modificatorias, y de las actividades de inspecci贸n, habilitaci贸n y/o certificaciones de la Autoridad o de personas autorizadas para certificar se encuentran sujetos a la presente reglamentaci贸n鈥.

El Gobierno sostuvo que 鈥渞esulta leg铆timo requerir un servicio m铆nimo en aquellos servicios de importancia trascendental para el pa铆s y/o en huelgas en sectores de alta importancia que por su duraci贸n o magnitud pueden producir da帽os irreversibles, poner en peligro la salud o la seguridad p煤blica, o generar consecuencias graves para el pa铆s鈥.

En tanto, a trav茅s del decreto 831/2024, se fij贸 que pasadas las 24 horas de la notificaci贸n 鈥las partes deber谩n ponerse de acuerdo sobre los servicios m铆nimos que se mantendr谩n durante el conflicto y las modalidades de su ejecuci贸n, se帽alando concreta y detalladamente la forma en que se ejecutar谩n las prestaciones, incluyendo la designaci贸n del personal involucrado鈥.

De esta forma el Ejecutivo dispuso que las empresas aeron谩uticas 鈥渄eber谩n adoptar las medidas necesarias para garantizar la ejecuci贸n de los servicios m铆nimos y poner en conocimiento de los usuarios y consumidores las modalidades que revestir谩 la prestaci贸n durante el conflicto, detallando el tiempo exacto de iniciaci贸n y duraci贸n de las medidas, as铆 como la forma de distribuci贸n de los servicios m铆nimos garantizados

La implementaci贸n de esta nueva reglamentaci贸n sucede en medio del conflicto aeron谩utico que afect贸 a miles de pasajeros en las 煤ltimas semanas. En ese sentidos, la demandas de los trabajadores est谩n centradas en obtener una recomposici贸n paritaria acorde con la inflaci贸n que gener贸 un atraso del 72% en los sueldos desde noviembre del a帽o pasado, seg煤n indican los gremialistas,聽

Por 煤ltimo, antes de oficializaci贸n de esta normativa cuatro sindicatos aeron谩uticos consideraron que esta decisi贸n del Gobierno de reglamentar la esencialidad del servicio aeron谩utico para garantizar los vuelos es 鈥渁rbitraria e ilegal鈥 y advirtieron que la disposici贸n 鈥compromete la responsabilidad administrativa y penal de los funcionarios鈥.

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