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El Gobierno simplific贸 las garant铆as aduaneras y ampli贸 el uso del documento firmado para importaciones y exportaciones

El Ejecutivo confirm贸 la eliminaci贸n del inciso que exig铆a dep贸sitos en efectivo como garant铆a. Adem谩s, para simplificar tr谩mites decidi贸 habilitar el uso de un documento firmado en importaciones y exportaciones.

El Gobierno nacional oficializ贸 este mi茅rcoles una modificaci贸n significativa en el r茅gimen de garant铆as aduaneras con el objetivo de agilizar tr谩mites, reducir costos operativos y modernizar los procesos vinculados al comercio exterior.

La medida qued贸 formalizada esta madrugada en el Bolet铆n Oficial mediante el Decreto 838/2025, que actualiza el art铆culo 56 del Decreto 1001/1982 y ampl铆a el alcance del instrumento denominado 鈥渄ocumento firmado鈥.

De este modo, la modalidad de garant铆a que estaba disponible 煤nicamente para las destinaciones definitivas de exportaci贸n. A partir de ahora con la entrada en vigencia del nuevo decreto, este mecanismo podr谩 ser utilizado tambi茅n en operaciones de importaci贸n, as铆 como en destinaciones suspensivas, salvo en los supuestos especiales previstos en la normativa.

驴Qu茅 se modifica con el nuevo r茅gimen de garant铆as?

El 鈥documento firmado鈥 consiste en una declaraci贸n suscripta por el propio operador, bajo las condiciones fijadas por la Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero, que funciona como una garant铆a para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras.聽

En ese sentido, cabe destacar que su ampliaci贸n permitir谩 que empresas y despachantes opten por una alternativa menos costosa y m谩s accesible, en reemplazo de instrumentos m谩s onerosos, como p贸lizas de cauci贸n o garant铆as bancarias.

Seg煤n los considerandos del decreto, la modificaci贸n busca simplificar procedimientos, reducir cargas operativas y homogeneizar el tratamiento normativo para todas las destinaciones aduaneras. El objetivo oficial es avanzar hacia un esquema m谩s din谩mico y moderno, que facilite las operaciones sin comprometer el control estatal ni el resguardo del inter茅s fiscal.

En tanto, adem谩s de la ampliaci贸n del uso del documento firmado, el decreto dispuso la derogaci贸n del inciso e) del art铆culo 56, lo que elimina una modalidad espec铆fica de garant铆a que quedaba desactualizada dentro del sistema vigente.

Esta disposici贸n, forma parte de un proceso m谩s amplio de modernizaci贸n del comercio exterior, orientado a simplificar tr谩mites, reducir burocracia y favorecer la competitividad de los operadores argentinos en contextos de creciente demanda global.

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