El Procurador dictamin贸 que la Corte Suprema no es competente en el caso por la reelecci贸n de los intendentes bonaerenses
Eduardo Casal dictamin贸 que primero debe intervenir la justicia bonaerense y pidi贸 privilegiar el "respeto" a las autonom铆as provinciales. .
El Procurador General de la Naci贸n, Eduardo Casal, dictamin贸 este lunes que corresponde a la Justicia bonaerense, y no a la Corte Suprema, decidir sobre la constitucionalidad de las reelecciones de los intendentes en el territorio de la provincia de Buenos Aires. As铆 lo defini贸 en un dictamen de ocho p谩ginas, en el que privilegi贸 el "respeto" a las autonom铆as provinciales, que exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas de este tipo.
Casal decidi贸 as铆 en la controversia planteada por el presidente del Partido Pol铆tica Abierta para la Integridad Social (PAIS), Oscar Alva, cuando a finales de mayo pasado le pidi贸 a la Corte Suprema de Justicia que suspendiera la reelecci贸n de cerca de un centenar de intendentes bonaerenses.
Al atender a este pedido, la Corte Suprema le pidi贸 al procurador Casal, el lunes pasado, que diera su opini贸n -no vinculante- sobre los argumentos del partido PAIS, patrocinado por el constitucionalista Andr茅s Gil Dom铆nguez. En su pedido de cautelar, el dirigente y el abogado cuestionaron la constitucionalidad del art铆culo 4掳 de la ley provincial 15.315, que fija los mandatos de los intendentes municipales.
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El art铆culo 4 de la ley provincial 15.315, aprobada por el Senado bonaerense en diciembre de 2021, modific贸 el art铆culo 7掳 de la ley 14.836, de agosto de 2016, y determin贸 que "los mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del a帽o 2017 y 2019 ser谩n considerados como primer per铆odo a los efectos de la aplicaci贸n de la presente ley".
"En el caso de los mandatos que se hubieran iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computar谩 como primer periodo s贸lo en el caso de que no haya ejercido un mandato inmediato anterior", a帽adi贸聽el texto del art铆culo 4掳.
Luego de citar los argumentos jur铆dicos del pedido, Casal concluy贸 que "no resulta suficiente para suscitar la competencia originaria de la Corte" y que de ese modo el m谩ximo tribunal disponga que se suspendan las elecciones, como pretende el amparo.
El Procurador record贸 que "en los juicios en que una provincia es parte, resulta necesario examinar la materia sobre la que 茅ste versa, es decir, que se trate de una causa de manifiesto contenido federal o de naturaleza civil". Con su opini贸n, la Corte ya est谩 en condiciones de fallar y otorgar, o no, el amparo al partido PA脥S.