Elecciones 2025: Cristina Kirchner no podr谩 votar
Presa por corrupci贸n: revocaron habilitaci贸n de Cristina Kirchner y no podr谩 votar por su condena
Este lunes, en fallo un谩nime la C谩mara Nacional Electoral (CNE) revoc贸 la decisi贸n judicial que habilitaba a Cristina Fern谩ndez de Kirchner para ejercer su derecho al voto, a pesar de su condena firme a seis a帽os de prisi贸n en la causa "Vialidad". As铆, no podr谩 emitir sufragio en los pr贸ximas Elecciones 2025.
En esta l铆nea, la medida, seg煤n fuentes judiciales, se fundamenta en los precedentes "Procuraci贸n Penitenciaria" y "Orazi" de la Corte Suprema.
As铆 las cosas, la decisi贸n del tribunal, integrado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla V铆a y Daniel Bejas, anula la resoluci贸n del pasado 18 de julio de la jueza federal subrogante de R铆o Gallegos, Mariel Borruto.
Asimismo, hab铆a declarado la inconstitucionalidad de los art铆culos 19掳 inciso 2 y 12 del C贸digo Penal, junto con el art铆culo 3 inciso "e" del C贸digo Nacional Electoral, que establecen la inhabilitaci贸n absoluta y exclusi贸n del padr贸n de personas condenadas por delitos dolosos.
Por su parte, la CNE argument贸 su decisi贸n bas谩ndose en el caso "Procuraci贸n Penitenciaria", donde el Tribunal Superior hab铆a declarado la inconstitucionalidad de las normas, pero hab铆a requerido al Congreso "revisar la reglamentaci贸n vigente sobre el derecho de sufragio de las personas con condena penal", alertando sobre la imposici贸n de "restricciones gen茅ricas y de car谩cter autom谩tico".
En tanto, record贸 el precedente "Orazi" de la Corte Suprema, que analiz贸 el reclamo de un afectado que consideraba que diferir su derecho a votar hasta una reglamentaci贸n del Poder Legislativo era violatorio de la "garant铆a de tutela judicial efectiva".聽
Se indic贸 tambi茅n que la Corte, en aquel entonces, dej贸 en claro que no se pod铆a habilitar de oficio y de forma gen茅rica, sino que deb铆an cumplirse ciertas "condiciones m铆nimas".
Otros detallesSeg煤n la CNE, la decisi贸n de la jueza Borruto fue revocada porque no se cumplieron estas "condiciones m铆nimas" establecidas en el precedente "Orazi":
La cuesti贸n deb铆a tratarse en un "caso concreto, instado por petici贸n del interesado o del Ministerio P煤blico". El fallo original fue dictado de oficio, sin que Cristina Kirchner o el Ministerio P煤blico lo solicitaran.Deb铆a verificarse que la posibilidad de votar fuera "jur铆dica y f谩cticamente viable" y "de acuerdo al tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitaci贸n".Al no haberse considerado ninguna de estas condiciones en la sentencia apelada, y al haberse dictado de oficio, la C谩mara Nacional Electoral resolvi贸 revocar la habilitaci贸n, dejando a Cristina Kirchner fuera del padr贸n electoral.