UNA BUENA

Fallo de la Corte: el Estado argentino no deber谩 pagar los sueldos a legisladores del Parlasur

La Corte Suprema dictamin贸 que no corresponde al Estado argentino financiar los salarios reclamados por legisladores electos en 2015 para el Parlasur.

La Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n resolvi贸 que el Estado argentino no est谩 obligado a pagar los sueldos reclamados por legisladores nacionales electos para el Parlamento del Mercosur en 2015.

Los diputados involucrados en el caso son Claudia Fernanda Gil Lozano, Alejandro Hern谩n Karlen, Cecilia Britto y Alberto Assef, quienes llevaron sus demandas a diferentes jurisdicciones federales, con resultados diversos.

En el caso de Claudia Fernanda Gil Lozano, la Sala II de la C谩mara Contencioso Administrativo Federal confirm贸 la sentencia de primera instancia que rechazaba el amparo.

La Corte Suprema, con la firma de Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declar贸 inadmisible el planteo de Gil Lozano, destacando que es responsabilidad del Mercosur, a trav茅s del Parlasur, financiar las remuneraciones de los parlamentarios.

En el mismo sentido, el voto de Rosatti se帽al贸 que "es el Mercosur, como persona jur铆dica diferente, y m谩s precisamente el Parlasur, a trav茅s de su Mesa Directiva y Presidencia, y no el Estado Argentino, el obligado a resolver y pagar las remuneraciones de los parlamentarios".

El fallo destaca que los fondos para estas erogaciones provienen del presupuesto del Mercosur, financiado con aportes de los Estados Parte, quienes son responsables de los gastos operativos, incluyendo las remuneraciones de los legisladores directamente electos.

La resoluci贸n de la Corte subraya la importancia del art铆culo 75, inciso 24 de la Constituci贸n Nacional, que establece el compromiso de la Naci贸n con el sistema de integraci贸n regional del Mercosur.

En otros casos similares como el de Alejandro Hern谩n Karlen, la C谩mara Nacional Electoral inicialmente conden贸 al Estado Nacional a incluir en la Ley de Presupuesto de 2017 los montos necesarios para el pago de dietas parlamentarias del Mercosur. Sin embargo, la Corte Suprema, tras el recurso del Estado Nacional, revoc贸 esta decisi贸n, aline谩ndose con la interpretaci贸n sobre la responsabilidad presupuestaria del Mercosur.

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