Habilitan los oficios religiosos en lugares cerrados con aforo del 30 por ciento

La medida del Gobierno nacional fue en respuesta a un pedido cursado por los diferentes credos a la secretaria de Culto. El uso del barbijo聽dentro de los establecimientos ser谩 obligatorio.

Los eventos religiosos en iglesias y lugares cerrados podr谩n realizarse respetando, como m谩ximo, un aforo del 30%聽en zonas de alarma y de alto riesgo epidemiol贸gico, seg煤n dispuso el Gobierno nacional en una resoluci贸n que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y que saldr谩 publicado en el Bolet铆n Oficial, informaron a T茅lam fuentes oficiales. La medida del Gobierno nacional fue en respuesta a un pedido cursado por los diferentes credos a la secretaria de Culto que encabeza Guillermo Oliveri.

Las misas podr谩n ser realizadas con un aforo del 30%.聽

"Except煤ase de la suspensi贸n dispuesta en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiol贸gico y sanitario y en situaci贸n de alarma epidemiol贸gica y sanitaria, a la realizaci贸n de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deber谩 observarse, como m谩ximo, un 30 % de aforo", dice la Decisi贸n Administrativa. En el art铆culo siguiente se aclara que quienes asistan deben cumplir con las "Reglas de Conducta Generales y Obligatorias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19 y de los protocolos vigentes en cada jurisdicci贸n".



Se descuenta que quienes participen deber谩n asistir con tapabocas, mantener el distanciamiento social, cuidar el lavado de manos, mantener la sanitizaci贸n del lugar y tener disponible alcohol en gel, entre otras medidas de prevenci贸n.聽

La decisi贸n se adopt贸 tras evaluar el pedido qu e tramit贸 ante la Jefatura de Gabinete la Secretar铆a de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.



Esta medida se da en el marco de la importancia de "ampliar, reducir o suspender las normas previstas, de acuerdo a la evaluaci贸n del riesgo epidemiol贸gico y sanitario, previa intervenci贸n de la autoridad sanitaria nacional".

La medida entrar谩 en vigencia a partir del d铆a de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial.
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