Habilitaron un nuevo tr谩mite para gestionar el pasaporte y la autorizaci贸n de viaje para menores
El cambio permite que en los Centros de Atenci贸n de RENAPER, en las oficinas seccionales y consulados se pueda realizar un tr谩mite unificado a partir de junio.
El Gobierno nacional autoriz贸 este jueves un nuevo tr谩mite que permitir谩 gestionar en simult谩neo la emisi贸n del pasaporte y la autorizaci贸n para que menores de edad puedan salir del pa铆s. Seg煤n confirmaron, comenzar谩 a regir a partir del pr贸ximo 2 de junio.
La medida fue oficializada esta madrugada a trav茅s de la Disposici贸n 373/2025 publicada en el Bolet铆n Oficial. "Habil铆tase en los Centros de Atenci贸n de esta Direcci贸n Nacional Del Registro Nacional de las personas, organismo descentralizado actuante en la 贸rbita de la Vicejefatura De Gabinete Del Interior de la Jefatura De Gabinete de Ministros, y en las Oficinas Seccionales y/o Consulares la toma del tr谩mite 鈥淎utorizaci贸n de viaje al exterior para menores de DIECIOCHO (18) a帽os que egresen del pa铆s con Pasaporte Ordinario鈥, se帽ala el art铆culo 1 del documento.
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En la normativa, se especifica que los progenitores autorizantes deber谩n ser argentinos (nativos o por opci贸n) o extranjeros con residencia temporaria o permanente en el pa铆s y contar con DNI vigente, condiciones que ser谩n verificadas autom谩ticamente por el sistema del Registro Nacional de las Personas, organismo dependiente de la Jefatura de Gabinete.
La autorizaci贸n realizada ser谩 v谩lida hasta que el menor cumpla 18 a帽os o hasta el vencimiento del pasaporte, lo que suceda en primer medida. Adem谩s, se aclara en la disposici贸n que la misma podr谩 ser revocada por cualquiera de las partes en cualquier momento. En este contexto, en la normativa destaca que se le 鈥permitir谩 viajar solo, con destino a cualquier pa铆s del mundo鈥.
En tanto, destac贸 que adem谩s que, en caso de fallecimiento de uno de los progenitores o si el menor no fue reconocido por el otro, se requerir谩 煤nicamente la autorizaci贸n del padre o madre que ejerce la responsabilidad parental, conforme lo previsto en el art铆culo 645, inciso c) del C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n.
Por su parte, recalcaron que en el caso de que el progenitor sea adolescente, deber谩 concurrir con uno de sus propios padres, seg煤n qued贸 establecido en la Disposici贸n N掳 2656/2011 de la Direcci贸n Nacional de Migraciones y sus modificatorias (Disposiciones N掳 1344/22 y N掳 676/25).
Para realizar el tr谩mite para que los menores edad puedan viajar fuera del pa铆s, los progenitores tendr谩n que presentarse en persona en alguna de las dependencias que se encuentran habilitadas por el RENAPER para realizar una verificaci贸n biom茅trica. En ese sentido, advirtieron que no ser谩 necesaria la presencia del menor, excepto en los casos en que tambi茅n se tramite su pasaporte.
Por 煤ltimo, confirmaron que la autorizaci贸n fue registrada por forma digital y se transmite autom谩ticamente a la Direcci贸n Nacional de Migraciones, para que est茅 disponible en los controles fronterizos. En ese sentido, los padres recibir谩n una constancia digital, la cual contar谩 con todos los detalles.