La Corte fall贸 a favor de los jubilados
El m谩ximo tribunal declar贸 inconstitucional el 铆ndice que utiliza la ANSES desde 2016聽para actualizar los haberes y liquidar los聽juicios que sostienen nuestros abuelos contra el Estado.
La Corte聽Suprema de Justicia defini贸 este martes que el 铆ndice que debe aplicar el gobierno nacional para actualizar los haberes de los jubilados que ganaron un juicio contra el聽Estado聽por ese motivo (Reparaci贸n hist贸rica), es el de聽脥ndice de Salarios B谩sicos de la Industria y la Construcci贸n (Isbic).
En 2016 la Anses聽decret贸 liquidar esos haberes bajo la n贸mina del Ripte聽(Remuneraci贸n Imponible Promedio de los Trabajadores Estables); de esta manera las liquidaciones se actualizaron con un incremento聽del 178%, un aumento muy inferior si se compara con el que hubieran percibido bajo聽la antigua modalidad del聽Isbic, con la cual habr铆an tenido un incremento del聽435%.
Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti,聽Horacio Rosatti y聽Elena Higton de Nolasco conformaron el voto de la mayor铆a.聽Carlos Rosenkrantz —presidente del tribunal y ex abogado del grupo Clar铆n— fue el 煤nico que vot贸 en contra.聽
Highton, en un voto concurrente con la mayor铆a, consider贸 que tanto la resoluci贸n de Anses 56/2018, como la de la secretar铆a de Seguridad Social 1/2018, hab铆an sido dictadas por dichos organismos sin tener la competencia para hacerlo.聽En disidencia, Rozenkrantz, consider贸 que la atribuci贸n de fijar el 铆ndice de actualizaci贸n no es privativa del Poder Legislativo y que pod铆a ejercerla el Poder Ejecutivo聽a trav茅s de la ANSeS y la Secretar铆a de Seguridad Social.
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