DETALLES

La Justicia aval贸 la ley de Aporte Solidario y destac贸 lo realizado con lo recaudado

El juez rechaz贸 los pedidos de inconstitucionalidad聽 y afirm贸 que聽la medida permiti贸 la adquisici贸n de vacunas contra la enfermedad, compra de equipamiento m茅dico, manutenci贸n del empleo, fomentar la educaci贸n, al servicio p煤blico y el apoyo a los grupos vulnerables, "fines que tienen para todos los ciudadanos, m谩s a煤n en esta crisis, un inter茅s extraordinario”.

Walter Lara Correa, el juez en lo Contencioso Administrativo,聽rechaz贸 este viernes los pedidos de inconstitucionalidad de la ley que estableci贸 el Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas, al considerar que la iniciativa aprobada por el Congreso nacional en el marco de la pandemia de coronavirus "persigue la satisfacci贸n de derechos por conducto del financiamiento de programas econ贸micos redistributivos espec铆ficos". "Declarar improcedente la acci贸n declarativa de certeza impetrada respecto al pronunciamiento acerca de la naturaleza jur铆dica del 'Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia'. Rechazar la acci贸n declarativa de inconstitucionalidad contra el Estado nacional", se indic贸 en el fallo del magistrado. El proyecto de Aporte Solidario y Extraordinario -impulsado por el Frente de Todos, por medio de los diputados nacionales M谩ximo Kirchner y Carlos Heller- buscaba recaudar alrededor de 300 mil millones de pesos para volcar a planes productivos y sanitarios. La iniciativa establece el聽cobro del 2 por ciento a los patrimonios de las personas f铆sicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgaci贸n de la ley m谩s de 200 millones de pesos. Seg煤n la AFIP, la medida alcanzar铆a a menos de 10 mil personas, es decir 0,8 por ciento del total de los contribuyentes que presentaron declaraci贸n jurada de bienes personales. La recaudaci贸n se destinar谩 a comprar equipamiento de salud para atender la pandemia, apoyar a las PyMEs con subsidios y cr茅ditos, urbanizar los barrios populares con obras que empleen a las/os vecinas/os de cada barrio, hacer obras y equipar a YPF para producir y envasar gas natural y financiar un relanzamiento del plan Progresar para que las/os j贸venes puedan seguir estudiando.

Qu茅 dice el fallo

En el fallo conocido en esta jornada, y al rechazar una acci贸n de amparo de un contribuyente que se negaba a pagar el aporte solidario establecido en la Ley 27605,聽el magistrado se帽al贸 que la medida permiti贸 "la adquisici贸n de vacunas contra la enfermedad, compra de equipamiento m茅dico, manutenci贸n del empleo, fomentar la educaci贸n, el servicio p煤blico y el apoyo a los grupos vulnerables, fines que tienen para todos los ciudadanos, m谩s a煤n en esta crisis, un inter茅s extraordinario". En una resoluci贸n de 64 hojas, Lara Correa resalt贸 el criterio social del aporte al manifestar que "tambi茅n resultan beneficiarios con mayor o menor intensidad de los beneficios del aporte solidario realizado por ellos mismos contra la pandemia, ya que de las medidas implementadas se beneficia a la comunidad toda". Sobre los rechazos, cr铆ticas o impugnaciones al aporte solidario, el fallo resalta que "no resulta descalificable desde el punto de vista" porque "no est谩 probado que se haya desnaturalizado el derecho a la propiedad, toda vez que se respetan los est谩ndares constitucionales y convencionales". Adem谩s,聽destac贸 que la ley fue sancionada por el Parlamento: "Se considera que el Congreso nacional mediante la instrumentaci贸n, obtiene ingresos y realiza erogaciones para financiar pol铆ticas p煤blicas estipuladas a efectos de garantizar los derechos fundamentales constitucionalmente establecidos y, de cumplimiento obligatorio en sede convencional". "En lo relativo con la situaci贸n de emergencia cuadra a帽adir que denota un estado de necesidad generalizado, cuya existencia y gravedad corresponde apreciar al legislador sin que los 贸rganos judiciales puedan revisar su decisi贸n", agreg贸 el juez. En relaci贸n al contexto internacional por la pandemia de coronavirus, el fallo hace referencia a lo indicado por la Comisi贸n Econ贸mica para Am茅rica Latina que sostuvo que la crisis sanitaria "repercuti贸 en todos los indicadores socioecon贸micos mundiales". En este sentido y sobre la pertinencia de los legisladores a la hora de impulsar este proyecto de ley, el fallo consider贸 que prim贸 "la satisfacci贸n de un inter茅s colectivo". Tras su aprobaci贸n en Diputados, el proyecto fue convertido en ley por el Senado el 4 de diciembre de 2020 por 42 votos a favor y 26 en contra, correspondientes a los legisladores de Juntos por el Cambio y sus adherentes.

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