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La Justicia declar贸 inconstitucional la ley de movilidad jubilatoria de 2020 y orden贸 reajustar haberes por inflaci贸n

As铆 lo dispuso un fallo de la C谩mara Federal de Mar del Plata. Consider贸 que los jubilados sufrieron una p茅rdida del 50,3% en su poder adquisitivo.

Este lunes, la C谩mara Federal de Mar del Plata resolvi贸 el caso particular de una jubilada en el que marc贸 como 鈥渋nconstitucional鈥 el mecanismo de actualizaci贸n de haberes establecido en 2020 y se orden贸 recalcular la jubilaci贸n en base al 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC) por el per铆odo entre 2021 y 2024.

Los jueces Eduardo Jim茅nez y Alejandro Tazza dejaron sin efecto el art铆culo 1 de la ley 27.609 sobre el caso de una jubilada que percib铆a una jubilaci贸n m谩s alta que la m铆nima y que no fue beneficiada por los bonos extraordinarios establecidos en los 煤ltimos a帽os.

Sobre la causa 鈥淕im茅nez, Mirta Noem铆 c/ ANSES s/ reajustes varios鈥, la Justicia orden贸 a la Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que se realice un rec谩lculo de los haberes jubilatorios de la demandante ajust谩ndolos seg煤n consta el IPC, con el prop贸sito de compensar la p茅rdida de poder adquisitivo sufrida entre 2021 y marzo de 2024, que ronda el 50,3%.

Los magistrados consideraron la ley "regresiva" y violatoria del art铆culo 14 bis de la Constituci贸n Nacional, el cual garantiza jubilaciones m贸viles y dignas. Adem谩s, a帽adieron que la f贸rmula no reflejaba el costo de vida real ni manten铆a una relaci贸n con los salarios activos, teniendo en cuenta par谩metros como la recaudaci贸n tributaria, que no segu铆an la inflaci贸n.

La Justicia marc贸 una cr铆tica respecto a los bonos extraordinarios establecidos durante el gobierno de Alberto Fern谩ndez. En el fallo se argument贸 que dicho provecho solo beneficiaba a quienes percib铆an haberes m铆nimos y que el trato era desigual, desprotegiendo a jubilados con ingresos medios o altos.

Para la Justicia, resulta claro que el 2021 fue el 煤ltimo a帽o en el que se registr贸 una ganancia real de 0,82% en los haberes jubilatorios, con el aumento del 52,67% frente a la inflaci贸n del 50,79%.

Ya en 2022, la p茅rdida real del poder adquisitivo fue del 11,6% (aumento del 72,45% frente a la inflaci贸n del 94,75%); en 2023, una negativa del 33,5% (un aumento del 110,95% contra una inflaci贸n del 211,4%); y de diciembre 2023 a marzo 2024, un n煤mero en rojo que lleg贸 al 16,1% (aumento del 27,18% contra una inflaci贸n del 51,62%).

La Ley 27.609 establec铆a que los haberes jubilatorios se ajustaban trimestralmente en base a una f贸rmula que combinaba el 50% de la variaci贸n de la recaudaci贸n tributaria de ANSES y el 50% de la variaci贸n salarial (seg煤n el 铆ndice RIPTE o el INDEC, el que fuera mayor).

Se espera que la ANSES apele ante la Corte Suprema. El fallo beneficia 煤nicamente a la demandante, aunque establece un precedente para otros casos similares.

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