La Justicia rechaz贸 el pedido para que la causa Vicentin pase al fuero porte帽o
La decisi贸n fue tomada por la magistrada Mar铆a Alejandra Biotti ante un pedido de incompetencia del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominaci贸n de Reconquista, Santa Fe, que hab铆a sido presentado por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechaz贸 el pedido del Gobierno nacional para que la tramitaci贸n del concurso preventivo de la empresa Vicentin se traslade de la provincia de Santa Fe al fuero federal porte帽o.
As铆 lo decidi贸 la jueza Mar铆a Alejandra Biotti, ante un pedido de incompetencia del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominaci贸n de Reconquista, Santa Fe, presentado por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
El pedido del Ejecutivo planteaba la incompetencia del juzgado santafesino para entender en el pedido de inconstitucionalidad presentado contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 522/2020, que estableci贸 la “intervenci贸n transitoria” de Vicentin o en cualquier otra medida cautelar que se presente al respecto.
El Gobierno se refiri贸 a la presentaci贸n efectuada el 17 de junio por los integrantes del ex directorio de la firma concursada, quienes plantearon la inconstitucionalidad del decreto presidencial y solicitaron que se suspendiera la medida y se los restituyera en sus cargos cargos.
Dos d铆as despu茅s del pedido, el juez del concurso, Fabi谩n Lorenzini, hizo lugar al amparo de los ex directivos y los repuso en los cargos por un plazo de 60 d铆as, decisi贸n que el Gobierno entendi贸 que “contravino las disposiciones en materia de asignaci贸n de competencias a los 贸rganos jurisdiccionales” y propuso que el expediente se traslade al Fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.
La jueza consider贸, citando jurisprudencia, que “la competencia en raz贸n del territorio obedece a la proximidad del 贸rgano judicial con el lugar en que se encuentra situado alguno de los elementos de la pretensi贸n o petici贸n que es el objeto del proceso”.
“No resulta razonable que un tribunal situado a casi 800 kil贸metros de la localidad de Avellaneda, provincia de Santa Fe, entienda en una acci贸n dirigida a cuestionar la validez constitucionalidad del DNU No 522/2020, cuyos efectos, como se dijo, se producen casi con exclusividad en ese lugar”, argument贸 Biotti.
Por 煤ltimo, el fallo mencion贸 que “adoptar una soluci贸n contraria, que no atienda al lugar en el que el acto cuestionado produce sus efectos, implicar铆a, por un lado, vaciar de contenido a la jurisdicci贸n de los tribunales federales con asiento en las provincias y, por el otro, obligar irrazonablemente a los demandantes a litigar de manera exclusiva en la jurisdicci贸n territorial de los tribunales federales con asiento en esta Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires por la mera circunstancia de que las m谩ximas autoridades de la Naci贸n est谩n radicadas en este territorio”.