La Justicia rechaz贸 la detenci贸n de los dirigentes sociales investigados por los comedores
El juez Sebasti谩n Casanello fall贸 a favor del pedido que plantearon las defensas de 13 de los imputados del Polo Obrero, se帽alados por supuestas irregularidades en comedores sociales.
El juez federal Sebasti谩n Casanello dict贸 la exenci贸n de presi贸n a los dirigentes sociales acusados por presuntas irregularidades en los comedores, tras considerar que "no existen razones para el encarcelamiento preventivo鈥.
Casanello fall贸 a favor del pedido que plantearon las defensas de 13 de los imputados por el fiscal federal Gerardo Pollicita, adem谩s dispuso una serie de medidas, entre ellas la prohibici贸n de salida del pa铆s y que 鈥se abstenga de concurrir a los domicilios en donde funcionan los comedores que integran las organizaciones sociales a las cuales pertenece鈥 mientras est谩n bajo investigaci贸n.
La decisi贸n alcanza a 13 de los 28 acusados: Gustavo V谩zquez, Gianna Puppo, Iv谩n Candotti, Jerem铆as Cantero, Brisa Paucara Choque, Patricia Iraman, Blanca Chuquimia Tarquino, Gloria Jaramillo Morales, Cynthia Delgado Vilches, Ariel Rojas, Silvia Sinche Moya, Lesli Salirrosas Castillo y Mar铆a Dotti. Todos son integrantes del Polo Obrero.
Los acusados solicitaron la exenci贸n de prisi贸n porque se帽alaron que existe una 鈥減resi贸n medi谩tica y pol铆tica鈥 para ser detenidos pero que no existe ning煤n riesgo para la causa para que esa medida se concrete.
El fiscal Pollicita hab铆a pedido la detenci贸n de los acusados por considerar que existe riesgo de que pudieran amenazar a los testigos. No obstante, no se opuso al pedido de la defensa, aunque s铆 solicit贸 una serie de medidas de coerci贸n personal.
鈥淟a Constituci贸n consagra para todos los habitantes de la Naci贸n el derecho a la libertad ambulatoria y la garant铆a de ser tratado como inocente hasta que un juicio respetuoso del debido proceso determine lo contrario鈥, explic贸 el juez y luego aclar贸 que para romper ese principio se pueden aplicar dos reglas: que haya peligro de fuga de los acusados o de que en libertad entorpezcan la investigaci贸n.
鈥淏ajo esos par谩metros, tal como eval煤a la fiscal铆a, no existen razones para el encarcelamiento preventivo. Su an谩lisis sobre riesgos procesales no descarta su existencia aunque contempla la posibilidad de de neutralizarlos a trav茅s de medidas de menor severidad. Es una posici贸n razonable鈥, asegur贸 Casanello.
Teniendo en cuenta que todos los beneficiados tienen arraigo, con domicilios constituidos y carecen de antecedentes penales, el juez orden贸 cuatro medidas que deber谩n cumplir. La obligaci贸n de prometer que se someter谩n al proceso y no obstaculizar谩n la investigaci贸n; la obligaci贸n de presentarse todos los meses en el juzgado; la prohibici贸n de salida del pa铆s y la entrega de sus pasaportes; y la obligaci贸n de 鈥abstenerse de concurrir a los domicilios en donde funcionan los comedores que integran las organizaciones sociales a las cuales pertenece鈥.