Las tasas municipales tendrán prohibido aparecer en las facturas y las empresas se exponen a multas si no cumplen
Los números dejarán de figurar entre los conceptos de cobro. Según precisaron, habrá sanciones severas para quienes no respeten la norma.Â
La medida que prohÃbe aplicar tasas municipales en las facturas de gas y luz empezó a ser efectiva esta semana, tras cumplirse el mes establecido como plazo de adecuación, por lo que dejarán de figurar entre los conceptos de cobro y las empresas que no cumplan con la normativa serán sancionadas.
De esa manera lo estipula la resolución 267/24, al determinar que “la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el ArtÃculo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado especÃficamente por el consumidor y suministrado por el proveedorâ€.
En ese sentido, aclara que las boletas sólo podrán remitirse al cobro por la prestación brindada “no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicableâ€.
Asimismo, las compañÃas que brindan los servicios están obligadas a dejar de incluir en las facturas las tasas municipales ya que de lo contrario se expondrán a multas por parte de Defensa del Consumidor.
Desde la SecretarÃa de Industria y Comercio informaron a la Agencia Noticias Argentinas que en los casos donde se detecte incumplimiento, “se aplica el artÃculo 47 de la Ley de Defensa del Consumidor que establece el procedimiento administrativo para imponer una sanciónâ€.
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Por su parte, el área que encabeza Pablo Lavigne precisó que “las sanciones cursan vÃa la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y las eventuales multas salen de la SubsecretarÃa de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercialâ€. Los consumidores podrán denunciar las irregularidades a través de la casilla de correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar.
Entre las sanciones posibles, se encuentran la apertura de un sumario administrativo y la aplicación de multas, que pueden alcanzar hasta los $946.929.921. Además, se puede determinar la pérdida de la concesión del servicio, asà como otros privilegios, regÃmenes impositivos o crediticios especiales de los que gozare la empresa.
Desde Comercio explicaron que la decisión “surge como respuesta a las reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esencialesâ€.
Por último, destacaron que “la medida fue respaldada por asociaciones de consumidores de todo el paÃs que manifestaron la necesidad de terminar con estos cobros indebidos, que encarecen el valor total de la facturaâ€.