Malvinas: los argentinos que compren con tarjetas de cr茅dito no deber谩n pagar el Impuesto PAIS
La medida entr贸 en vigencia esta lunes a partir de la publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de una normativa de la AFIP que actualiza una reglamentaci贸n previa. M谩s detalles en la nota.
Este lunes se dio a conocer que las compras聽con tarjetas de cr茅dito que realicen los ciudadanos argentinos en el territorio de las Islas Malvinas no deber谩n聽pagar la al铆cuota del 30% del denominado Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PA脥S).聽
La medida entr贸 en vigencia a partir de la publicaci贸n por parte de la AFIP de la Resoluci贸n General 5286 en el Bolet铆n Oficial. Se trata de una actualizaci贸n del聽organismo a cargo de Carlos Castagneto de una normativa previa que聽hab铆a reglamentado el gravamen impuesto por la ley de Solidaridad Social y Reactivaci贸n Productiva en la Emergencia P煤blica.
De acuerdo con lo que se dispuso, la normativa resuelve en su art铆culo聽1 "aclarar que las operaciones contempladas en los incisos b) a e) del art铆culo 35 de la Ley N掳 27.541 y sus modificaciones, cuando sean realizadas en o con destino a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)".
Seg煤n se consign贸, esa ley聽se refiere en el incisos b al聽"Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisici贸n de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilizaci贸n de tarjetas de cr茅dito, de compra y d茅bito comprendidas en el sistema previsto en la ley 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentaci贸n, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. Asimismo, resultan incluidas las compras efectuadas a trav茅s de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera".
En el C hace referencia al "cambio de divisas efectuado por las entidades financieras destinadas al pago, por cuenta y orden del contratante residente en el pa铆s de servicios prestados por sujetos no residentes en el pa铆s, que se cancelen mediante la utilizaci贸n de tarjetas de cr茅dito, de compra y de d茅bito, comprendidas en el sistema previsto en la ley 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentaci贸n".聽
En el D menciona la "adquisici贸n de servicios en el exterior contratados a trav茅s de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del pa铆s" y en el E habla de la "adquisici贸n de servicios de transporte terrestre, a茅reo y por v铆a acu谩tica, de pasajeros con destino fuera del pa铆s, en la medida en la que para la cancelaci贸n de la operaci贸n deba accederse al mercado 煤nico y libre de cambios al efecto de la adquisici贸n de las divisas correspondientes en los t茅rminos que fije la reglamentaci贸n".
La modificaci贸n se llev贸 a cabo luego de que un聽aviador de 73 a帽os que en octubre hab铆a viajado a Malvinas para homenajear a los ca铆dos en la聽guerra reclamara que le hab铆an cobrado los impuestos como si hubiera gastado en el exterior.聽Esto ocurri贸 porque en la resoluci贸n previa se exim铆a a los pasajes de avi贸n con ese destino, pero no al resto de los posibles consumos en el territorio de las islas.
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